Oviedo, Idoya RONZÓN

La Guardia Civil sorprendió en las carreteras asturianas a 262 conductores sin carné desde el 2 de diciembre, hecho que a partir del próximo jueves será considerado delito, como consecuencia de la reforma del Código Penal en materia de tráfico. Son personas que jamás han pisado una autoescuela, con suspensiones temporales o definitivas del carné, con permisos no convalidados o con carnés retirados por perder todos los puntos. Hasta ahora, y desde hace tres décadas, su comportamiento estaba considerado como una falta administrativa, pero ahora podría ser su pasaporte a la cárcel.

El pasado 2 de diciembre entró en vigor la modificación del Código Penal para los delitos de seguridad vial, aunque se concedió una moratoria antes de poner en marcha la reforma para los casos de conducción sin permiso. Entonces se calculaba que habría unas 30.000 personas en toda España en esta situación. El próximo jueves, 1 de mayo, ya no habrá más dilaciones. Tras la entrada en vigor de la reforma al completo, conducir sin permiso se castigará con pena de prisión de tres a seis meses o con una multa de carácter económico, y trabajos en beneficio de la comunidad de una duración de uno a tres meses.

Esta cifra de 262 corresponde a los conductores «cazados» hasta el pasado 24 de mayo, según los datos que maneja la Delegación del Gobierno, que calcula que de aquí a pasado mañana -fecha de la entrada en vigor de la reforma al completo- se habrá elevado a los 300. De ellos, 228 en total, la mayoría son del permiso B, el más habitual, ya que es el que se requiere para conducir turismos convencionales (vehículos de menos de 3.500 kilos). Los agentes sorprendieron también a catorce conductores sin el carné de tipo A (motocicletas de menos de 750 kilos) y a siete del C (vehículos de más de 3.500 kilogramos). además, dos fueron denunciados por carecer del permiso de la categoría A1 (motocicletas ligeras). A todos ellos se les ha remitiendo (o remitirá) una carta firmada por el director general de Tráfico, Pere Navarro, dentro de una campaña específica dirigida a estos conductores, para avisarles de la modificación del artículo 384 del Código Penal y para informarles de que pueden realizar los trámites necesarios para obtener los permisos. Y es que, según Tráfico, en la mayoría de los casos, se trata de personas que conducen en situación irregular de forma habitual.

Tras la modificación de diciembre, el Código Penal establece penas de tres a seis meses de prisión o multas de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad a quienes conduzcan con una tasa de alcohol superior a 0,60 miligramos por litro de aire espirado o una tasa en sangre de más de 1,2 gramos por litro. La reforma también establece penas de hasta seis meses de cárcel para los conductores que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad máxima en ciudad o en 80 en vías interurbanas. Si al infracción pone en peligro la vida o la integridad de las personas, la pena puede alcanzar hasta los cinco años de prisión.

Al contrario de lo que puede parecer, los conductores condenados mantienen intactos los puntos de su carné. La sanción por la vía penal anula de forma automática el castigo administrativo, según confirmaron fuentes de la Dirección General de Tráfico.