Oviedo, P. GONZÁLEZ

Carlos Monasterio, catedrático de Hacienda Pública en la Universidad de Oviedo, afirma en un ensayo hecho público ayer por la Fundación de Cajas de Ahorros (Funcas) que la peculiaridad del sistema foral vasco de impuestos ha permitido a esta comunidad autónoma no pagar a las arcas del Estado unos 2.500 millones de euros, en concepto de cupo y ajuste del IVA, entre los años 2002 y 2006. De ahí parte la capacidad del País Vasco para ofrecer privilegios fiscales a las empresas para conseguir su implantación en la región. Situación, según Monasterio, que está «en la base de los litigios con las comunidades de régimen común limítrofes con el País Vasco y también en su cuestionamiento ante la Unión Europea».

Este estudio sobre financiación autonómica que edita Funcas, y que se completa con un ensayo de Ignacio Zubiri Oria, hace un repaso por la historia del sistema formal del País Vasco para acabar analizándolo desde la perspectiva de la teoría del federalismo fiscal. Así, para Carlos Monasterio, el sistema foral «supone un caso claro de federalismo asimétrico, y más concretamente un caso de asimetría "de iure"». Y es que, según escribe Monasterio en su ensayo, «las Haciendas forales no pueden ser replicadas por el resto de Haciendas subcentrales en España».

De esta forma, la descentralización del sistema impositivo transfiriendo las competencias al País Vasco «conduce a privar casi absolutamente de instrumentos fiscales a la Hacienda central, que pasa a depender de las transferencias (cupos) que recibiría de las Haciendas regionales si esta fórmula se generalizada». Se denomina cupos a las cantidades pactadas que el País Vasco entrega al Estado en pago por los servicios que recibe de él.

Monasterio también encuentra dudas sobre el concierto impositivo entre el País Vasco y el resto del país. Para el catedrático asturiano, «es cuestionable la concertación del impuesto de sociedades, al estar aplicado sobre una base imponible móvil, existir dudas sobre su incidencia final y por la dificultad de atribuir la recaudación regionalmente».

Monasterio también discrepa sobre el diseño del cupo vasco. En este diseño, Monasterio opina que «debería tenerse en cuenta la adecuada aportación a los bienes públicos nacionales, así como la contribución a la función de redistribución. Sobre la aportación a los bienes públicos, Monasterio no se pronuncia de «modo rotundo», por lo que califica «falta de transparencia del sistema, pero parece dudoso que con la metodología actual del cupo la contribución a las cargas generales (competencias estatales) esté correctamente resuelta». Carlos Monasterio resalta que la participación del esfuerzo redistribuidor «deja fuera la participación en las tareas de redistribución regional, que sí soportan el resto de haciendas de régimen común (el resto de las autonomías)».

Parece dudoso que con la metodología actual del cupo la contribución a las cargas generales (competencias estatales) esté correctamente resuelta. Además, en cuanto a la colaboración del sistema foral en las tareas de estabilización económica, el mecanismo actual de compensación del déficit para el cálculo del cupo líquido es altamente cuestionable y debería ser objeto de reforma.

Finalmente, el catedrático de Hacienda Pública en la Universidad de Oviedo considera que el sistema vasco «es un caso claro de asimetría "de iure", en el doble sentido de disponer de un sistema de negociación específico, que otorga importantes ventajas comparativas y de gozar de una amplísima autonomía en el terreno tributario, que la coloca más cerca de una Hacienda nacional soberana que de una hacienda regional».