Oviedo, L. Á. VEGA

¿Cuándo se sobrepasa la línea del simple correctivo paternal y se entra de lleno en el campo de los malos tratos? Juan Manuel A. G., el padre de La Corredoria (Oviedo) juzgado ayer por dar varias bofetadas a su hijo, el 20 de febrero del año pasado, quizás está haciéndose esta pregunta, después de haber sido condenado ayer a 55 días de trabajos en beneficio de la comunidad y la prohibición de acercarse al menor durante medio año. El hombre iba a defender en el juicio que sólo había aplicado un correctivo al menor, porque le había desobedecido tras acudir a un lugar al que expresamente le había prohibido ir. Sin embargo, llegado el momento de la vista, la prudencia obligó al acusado, defendido por el abogado Luis González Suco, a aceptar los cargos y conformarse con las penas propuestas por el fiscal, eso sí, rebajadas respecto a su escrito de acusación. La petición inicial del ministerio público no era ninguna broma: un año de cárcel por violencia doméstica y otro por resistencia a la autoridad.

Según el abogado del ahora condenado, hay que ponerse en la piel del progenitor. El niño, que tenía 11 años cuando ocurrieron los hechos, pasaba por una época «rebelde», quizá debido a que vivía con mucho dolor la separación de sus padres. En estas circunstancias, el padre se habría visto obligado a imponerse al menor por la fuerza.

El tribunal no lo ha entendido así y considera los hechos como un delito de maltrato. Además, el hombre deberá pagar una indemnización de 80 euros a su hijo, que ahora está a cargo de los servicios sociales y estudia en un centro religioso. Tras el incidente, el menor confesó al forense que no quería seguir viviendo con su padre y que la sola mención de esa posibilidad le hacía temblar.

El juicio de ayer tenía una segunda parte. Cuando se produjeron los hechos, la Policía intentó llevarse detenido al acusado por las buenas, pero, según el escrito de acusación del fiscal, el hombre se enfrentó violentamente a los agentes. Al final, entre cuatro pudieron doblegarlo. El fiscal consideraba los hechos como un delito de resistencia, por el que solicitaba un año de cárcel. Finalmente rebajó su petición a medio año de cárcel, canjeable por el pago de una multa a razón de dos meses a razón de tres euros diarios, lo que hace un total de 180 euros.

El ambiente antes del juicio no era ni mucho menos tenso. Padre e hijo se vieron brevemente y el hombre mostró su cariño por el pequeño acariciándole la cabeza y las mejillas varias veces, y hablando durante un rato, en apariencia, de forma amigable.

En la decisión del tribunal quizás ha influido la situación en la que vivían padre e hijo junto a la pareja del primero. Cuando los agentes entraron en la vivienda, encontraron rotos los cristales de dos puertas, así como el espejo de recibidor. Aparte del desorden que se apreciaba en la vivienda, los agentes encontraron varias manchas de sangre en la pared.

En los últimos tiempos se ha puesto la lupa sobre este tipo de casos, especialmente a raíz del caso de la mujer jienense que fue condenada a 67 días de cárcel y 432 de alejamiento de su hijo, al que había golpeado. El Consejo de Ministros terminó indultando la pena de alejamiento, por considerar que esta medida generaría más perjuicios que beneficios. Este asunto planteó un serio debate a nivel nacional sobre los límites de los correctivos parentales sobre los hijos que muestran una actitud rebelde.