Oviedo, L. Á. VEGA

A duras penas rebasan los diez kilómetros por hora, pero para la Policía Local de Oviedo son motocicletas. Se trata de las sillas de ruedas eléctricas o vehículos para personas de movilidad reducida, que en la normativa de Tráfico están equiparados a los peatones. Un juez ha tenido que recordárselo al cuerpo municipal ovetense en una reciente sentencia. El fallo exonera al discapacitado Marcelino Darriba Olay, un vendedor del cupón de la ONCE que, encima de ser atropellado, fue responsabilizado por los agentes del accidente registrado en un paso de peatones de la calle Cabo Peñas. Y es que para los policías que instruyeron el atestado, lo que conducía el minusválido realmente era una motocicleta, que, según ellos, irrumpió en el paso de peatones desde la acera, cuando debería circular por la calzada.

«El accidente fue el 18 de agosto del año pasado, a las nueve y media, cuando iba a trabajar. Yo crucé en verde y el coche tenía el semáforo en ámbar», relata este joven de 26 años, natural de Boal, aunque lleva varios años residiendo en Oviedo. Marcelino conducía una Scooter Sterling Diamond, para nada una motocicleta. «La compré en una ortopedia, no en un concesionario. No creo que vendan motos en una ortopedia», asegura.

En el paso de peatones fue alcanzado por un Mercedes CLS. La silla de ruedas eléctrica sufrió daños por importe de casi 2.200 euros, ya que el eje quedó destrozado. Darriba también quedó descalabrado. «Me machacó las costillas, se me inflamó el nervio intercostal y sufrí una contractura cervical. Estuve 8 días de baja, que pudieron ser más, pero pedí el alta voluntaria porque vivo de vender cupones», añade.

El caso es que el conductor del vehículo no puso pega alguna en facilitar sus datos al joven herido. Un vecino, al ver que el conductor ya se marchaba, fue el que llamó a la Policía Local. «Iban a defender a un minusválido que había tenido un accidente, pero al final me fastidiaron bien», asegura Darriba.

Los agentes fueron inflexibles. Para ellos, Marcelino conducía un Scooter, o sea, un ciclomotor, que además había circulado por la acera y se había puesto a cruzar el paso de peatones. «Pero es que yo no puedo circular con estas sillas de ruedas por la calzada, está prohibido», se justifica el discapacitado. Un familiar del joven atropellado intentó mediar y se fue hasta la sede de la Policía Local de Oviedo con una copia de la ley de Tráfico y la respuesta a una consulta hecha ante la Dirección General de Tráfico (DGT) sobre el carácter de los vehículos para personas de movilidad reducida. En ella, la DGT señalaba que ese tipo de vehículos era considerado a todos los efectos como peatones. Pero en la Policía Local no se dieron por enterados.

Ante el cariz que estaban tomando las cosas, el joven decidió poner el asunto en manos del abogado ovetense Carlos Mario Álvarez, que presentó una demanda ante el Juzgado de primera instancia número 10 de Oviedo, en noviembre del año pasado. El juicio se celebró el pasado 23 de febrero, y los autores del atestado se empecinaron en que la silla de ruedas de Marcelino era una motocicleta y que, además, circulaba de forma antirreglamentaria. La aseguradora del Mercedes sostuvo, por su parte, que Marcelino había irrumpido de forma «brusca» en el paso de peatones, sin que el conductor tuviese tiempo a reducir la marcha. «No iría a más de 5 kilómetros por hora», asegura Darriba.

El juez Pablo Martínez-Hombre no dudó en dar la razón al demandante, que ahora cobrará 2.625 euros. «Lo único que quiero es que la Policía Local reconozca su error y no vuelva a actuar de esa forma», señala Marcelino.