Oviedo, Pablo GONZÁLEZ

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) dio a conocer ayer una sentencia en la que anula el nombramiento de 281 cargos de altos funcionarios elegidos por el Principado siguiendo el sistema de libre designación, y no a través del preceptivo concurso de méritos. La sentencia estima parcialmente el recurso contra la relación de puestos de trabajo (RPT) aprobada por el Consejo de Gobierno del Principado el 14 de mayo de 2008 presentado por tres funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Administradores del Principado en representación de Conceyu por Otra Función Pública en Asturias.

La decisión de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA da la razón parcialmente a los demandantes, que habían recurrido los 317 puestos de la RPT a los que podían optar funcionarios exclusivamente licenciados en Derecho y a aquellos a los que podían optar todos los funcionarios con cualquier título superior universitario. Todos ellos han sido cubiertos a través de la libre designación. Así, el TSJA da por válido el sistema «a dedo» para la selección de 45 altos funcionarios, de los que nueve son puestos de secretaría de despacho. De esta forma, el tribunal, presidido por el magistrado Jesús María Chamorro, anula la utilización del sistema de libre designación para la elección de 281 altos funcionarios. Los cargos anulados van desde jefaturas de servicio, coordinadores, asesores, analistas, interventores, secretarios y directores.

Ésta es la tercera sentencia -las dos anteriores están recurridas por el Principado ante el Tribunal Supremo- en la que el TSJA rechaza la libre designación ante un recurso de los miembros de Conceyu por Otra Función Pública en Asturias. Pero en este caso en la documentación presentada por el Principado, a través de la Consejería de Administraciones Públicas, responsabilidad de Ana Rosa Migoya, se justifican, puesto por puesto, los motivos que han llevado a la elección del funcionario para ocupar el correspondiente alto cargo. «Y aun así, el tribunal rechaza la gran mayoría», señalaba ayer Javier Villa, uno de los responsables del recurso y portavoz de Conceyu por Otra Función Pública en Asturias.

Y es que la legislación, al igual que la jurisprudencia asentada a través de decisiones del Tribunal Supremo que se cita en la sentencia del TSJA, subraya que la provisión de puestos «tiene carácter provisional» y que el método «normal» es el concurso de méritos. Y que cuando se utiliza el nombramiento directo, éste debe ser justificado, lo que en este caso tampoco le ha servido al Principado para librarse de una sentencia contraria a su política de personal. Entre abril y junio del año pasado el TSJA anuló a través de dos sentencias el nombramiento de 204 altos funcionarios por las mismas razones.

Y en noviembre de 2009 el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Oviedo anuló el nombramiento de 350 jefes de servicio por el sistema de valoración de la experiencia. A la hora de optar al cargo se otorga la misma puntuación a aquel funcionario que lleva un año en comisión de servicios que a otro con veinte años de experiencia.

Desde la Consejería de Administraciones Públicas se rehusó hacer valoraciones sobre esta nueva sentencia. De todas formas, el jueves, tras la reunión semanal del Consejo de Gobierno, Ana Rosa Migoya, portavoz del Ejecutivo, defendió el uso de la libre designación, además de por estar permitida por la ley, porque permite destituir de su cargo al funcionario elegido si no cumple con sus obligaciones. El Principado alega que el concurso de méritos obliga a mantener en el puesto al funcionario, ocurra lo que ocurra.