Llanes, Ramón DÍAZ

La Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado el plan parcial de La Talá. La decisión judicial supone un nuevo varapalo para el Ayuntamiento de Llanes y el Gobierno del Principado, que suman ya cuatro anulaciones -dos parciales y dos generales- en torno al vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), aprobado en octubre de 2002. La anulación del plan de La Talá tiene un significado especial, dado que esta actuación urbanística, que contempla la construcción de medio millar de viviendas junto a la costa, ha sido considerada desde hace veinte años como la «perla», el «escaparate» y el «mejor ejemplo» del modelo urbanístico propuesto por los socialistas de Llanes, basado en la construcción de segundas residencias y urbanizaciones de chalés adosados y unifamiliares.

La Sala, presidida por Julio Gallego Otero, ha admitido el recurso presentado por la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes (AVALL) contra la aprobación del plan de La Talá. Pero la sentencia va aún más allá de la simple anulación de un plan parcial, dado que deja la puerta abierta a que, a partir de este momento, sean anuladas todas las actuaciones urbanísticas e instrumentos de desarrollo basados en el PGOU de 2002.

El TSJA destaca en la sentencia que ya declaró nulo el Plan General llanisco en 2007 y 2008. Aquellas dos sentencias fueron recurridas en casación ante el Tribunal Supremo por el Ayuntamiento y el Principado, lo que ha permitido que el PGOU siga vigente, dado que no hay sentencia firme de nulidad. Pese a ello, el TSJA destaca que el plan parcial de La Talá está basado en un PGOU anulado y que AVALL plantea en el recurso objeciones que «ya han sido enjuiciadas» y condujeron en su día a la anulación de la normativa urbanística local.

Los jueces cuestionan que el Ayuntamiento de Llanes continúe con la tramitación de planes parciales como el de La Talá por el simple hecho de que la anulación del PGOU sobre el que se sustentan esté recurrida. «No puede prescindirse sin más de la nulidad declarada» en un «recurso directo», porque «priva de cobertura» a sus instrumentos de desarrollo, entre los que figura el plan de La Talá, apuntan los magistrados. Esta frase deja en el aire el futuro de todos los planes parciales llaniscos.

Además, los jueces señalan que el plan parcial de La Talá, lo mismo que otras varias actuaciones urbanísticas propuestas ya desde 1990, fue incorporado al PGOU de 2002 de forma irregular, una vez superada la fase de información pública, lo que hurtó a los ciudadanos la posibilidad de expresar sus opiniones y presentar alegaciones. Los defectos de forma relacionados con la exposición de las nuevas normas al público fueron, precisamente, algunos de los argumentos que llevaron al TSJA a anular el PGOU en 2007 y 2008.

La anulación del plan de La Talá se une a las dos que afectan a todo el Plan General y la que se refiere sólo al núcleo de Buelna. Anteriormente, el Ayuntamiento de Llanes vio cómo los jueces anulaban también los planeamientos de 1986 y 1992. En la actualidad, el equipo de gobierno elabora un nuevo Plan General, que surgirá de la revisión del actual. AVALL defiende que revisar un plan anulado es ilegal.