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Fallo favorable a la Administración regional
 

El TSJA respalda que se restrinja el correo electrónico a los funcionarios

La sentencia da la razón al Principado en su bloqueo de los envíos masivos de las centrales a los funcionarios

 07:27  
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Oviedo, Pablo GONZÁLEZ

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dado la razón al Principado en su conflicto con los sindicatos por restringir los envíos de correos masivos a sus afiliados, funcionarios, a través del sistema informático de la Administración. La sentencia de la Sala de lo social del TSJA rechaza la denuncia presentada por Comisiones Obreras y entiende las razones esgrimidas por el Principado de que los correos masivos saturan su sistema informático. El sindicato denunció que la medida, adoptada por el Principado el pasado mes de abril de sólo permitir envíos de correos con un máximo de 25 destinatarios, incumplía el Estatuto de los Trabajadores y la ley de Libertad Sindical.

El Principado justificó su decisión argumentando que correos electrónicos masivos provocan problemas en su red informática, a la que tienen acceso los más de 35.000 trabajadores públicos. El TSJA subraya que «el interés general de la colectividad está por encima del interés particular de cada sindicato». E insiste en que «acceder a la pretensión de la demanda (CC OO) significaría consagrar un claro ejercicio antisocial del derecho a la libertad sindical en cuanto lesiona otros derechos iguales de otros sindicatos y en especial lesiona el interés general de todos los administrados». Además, en la sentencia se reconoce que la decisión del Principado «está plenamente justificada» porque «da mayor tutela al interés general frente al interés particular del sindicato demandante». El TSJA va más allá en sus valoraciones y advierte de que «si los diez sindicatos que tienen presencia en la Administración del Principado invocaran la misma pretensión, resultaría que los servicios informáticos, que están al servicio de la colectividad, serían de uso casi exclusivo suyo». Mientras, el TSJA apunta que CC OO no puede alegar que la medida restringe el derecho sindical ya que el Principado abrió a las centrales un portal digital exclusivo.

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