Oviedo, J. A. ARDURA

¿Qué hay detrás del secreto que envuelve el sumario de la «operación Marea», la investigación sobre contrataciones irregulares en la Administración regional? Un abismo de dudas. Los expertos consultados por LA NUEVA ESPAÑA se dividen entre los que consideran que, a la vista de las contundentes medidas carcelarias adoptadas contra el ex consejero de Educación José Luis Iglesias Riopedre, su «número dos» María Jesús Otero y la funcionaria Marta Renedo, el caso ya se encuentra perfilado y cargado de pruebas contundentes y los que, en cambio, se preguntan por qué se sigue investigando y pidiendo un gran volumen de pruebas y si esto es indicio de que el ovillo no está del todo desenredado. Tras el secreto, un abismo: todo o nada.

La «operación Marea» llegará esta semana a una encrucijada con la vista oral que tendrá lugar en la Sala Octava de la Audiencia de Gijón y que deberá decidir sobre dos cuestiones relevantes: qué juzgado prosigue con la investigación y si deben salir en libertad bajo fianza los tres encarcelados. Esta vista judicial se resolverá en medio de la incertidumbre existente incluso entre alguna de las partes personadas, ya que el secreto de sumario acordado por el Juzgado número 4 de Gijón, deja a su titular, Ana López Pandiella, a la fiscal y al equipo de investigación como los únicos que tienen todas las claves de un caso que echó a andar hace más de un año y que desde finales de enero centró el foco de atención de la sociedad asturiana.

Ninguna de esas decisiones tendría que afectar, en principio, al levantamiento del secreto de sumario, una de las grandes demandas de las defensas de los encausados y también del Gobierno regional. El secreto de las actuaciones tiene como principal objetivo mantener el sigilo sobre el desarrollo de las investigaciones. Cuando un juez decreta el secreto de sumario limita el conocimiento sobre las diligencias practicadas, de tal forma que sólo el instructor y el fiscal, además de la Policía, conocen todas las actuaciones.

Fuentes judiciales manifestaron a este periódico su «sorpresa» por el hecho de que el Juzgado haya requerido recientemente un gran volumen de facturas a la Consejería de Educación, un año después del inicio de la investigación: «En principio, parecería más lógico que a estas alturas su petición hubiera sido más concreta y acotada», aseguraron.

Una de las características de este tipo de instrucciones muy largas es que no es infrecuente que vayan apareciendo nuevas pruebas que confirmen las sospechas iniciales del instructor. Sin embargo, en el momento actual, después de haber trabajado durante un año en secreto (desarrollando labores de escucha y sin la atención pública que comenzó a suscitar el caso tras las detenciones de Riopedre, Otero, Renedo y los empresarios de Igrafo y Almacenes Pumarín) se plantean algunas dudas sobre si se está en el momento de perfilar la carga de la prueba o, por el contrario, si al pedir tanto volumen de nueva documentación da la impresión de que no se ha encontrado toda la carga acusatoria que se pensaba desde un principio.

La vista del miércoles en la Sala Octava de la Audiencia de Gijón también despejará otra de las situaciones que hasta ahora más llaman la atención de este caso por su contundencia. Los abogados defensores han pedido la excarcelación del ex consejero José Luis Iglesias Riopedre, de la ex directora general de Planificación María Jesús Otero y de la funcionaria Marta Renedo, que están en prisión comunicada sin fianza, una situación en la que, por ejemplo, no ha estado el ex presidente de Baleares Jaume Matas, acusado de una supuesta malversación superior a los 40 millones de euros por el «caso Palma Arena». En este aspecto, la existencia del secreto de sumario agudiza la situación, pues en el caso del consejero Riopedre su defensa y entorno familiar consideran que se está produciendo una situación de indefensión al desconocer cuáles son los hechos supuestamente delictivos que la instructora tiene contra él. Algunos juristas consultados no expresan duda alguna sobre los argumentos que sustentan la decisión del encarcelamiento. «Para que un juez determine prisión sin fianza tienen que existir indicios plurales, concomitantes y en la misma dirección para que el hecho delictivo tenga fundamento. De lo contrario, se estaría haciendo una gran faena a los detenidos», argumentaron fuentes jurídicas, que destacaron, no obstante, que «las medidas cautelares deben durar el tiempo imprescindible». Por otra parte, expertos en investigaciones de delitos económicos consideran que para que un juez y un fiscal pidan prisión sin fianza «tienen que tener acusaciones sólidas, que supongan penas de prisión importantes».

En el caso de la «operación Marea», la orden de prisión comunicada y sin fianza dictada por la juez instructora, Ana López Pandiella, cuenta con el aval de la fiscal encargada del caso. Y en este sentido una precisión: la decisión de la juez es unipersonal, pero en el caso del ministerio fiscal se trata de un órgano jerarquizado, cuyas actuaciones están sujetas a las decisiones que pueden adoptar tanto el fiscal jefe de Asturias, Gerardo Herrero, como el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido.

¿Pero qué ocurrirá el miércoles en la Sección Octava de la Audiencia? ¿Seguirán Riopedre, Otero y Renedo en la cárcel? En algunos círculos jurídicos se considera «previsible» que la Sala Octava de la Audiencia pueda rebajar la orden de prisión por otras medidas alternativas como la libertad bajo fianza y presentación de los imputados en los Juzgados, una vez que parece descartado que se puedan destruir pruebas relevantes para la investigación tras más de un año de instrucción judicial.