El Reglamento de la Junta General del Principado contempla la celebración de unas nuevas elecciones autonómicas en un plazo de dos meses en caso de que se produzcan sucesivos empates en la sesión de investidura del presidente.

En esa sesión para la elección del presidente los diputados del Parlamento asturiano sólo pueden dar el nombre de uno de los candidatos o abstenerse, pero no votar en contra.

En la primera votación el presidente debe ser elegido por mayoría absoluta y, en caso de no obtenerla, se repetiría 48 horas después entre los dos candidatos con más votos, de los que resultará elegido el que obtenga un mayor número de apoyos.

El Reglamento prevé que si transcurridos dos meses a partir de la constitución del Parlamento sin que ninguno de los candidatos propuestos sea elegido, la Cámara quedará disuelta y el presidente en funciones deberá convocar nuevos comicios con un mandato para la nueva Junta hasta la fecha en que hubiera de concluir el de la primera, en mayo de 2015.

Con el reparto final de escaños, tras el recuento del voto emigrante, la composición de la Junta es de diecisiete escaños para el PSOE, doce para Foro, diez para el PP, cinco para IU y uno para UPyD.

Quedaría abierta la posibilidad de un empate si Foro y PP reiteran el apoyo a un candidato mientras PSOE e IU a otro, siempre y cuando el diputado de UPyD se abstuviese.

Esto abocaría a unas nuevas elecciones en Asturias aproximadamente en junio, teniendo en cuenta que las sesiones de investidura están previstas para mediados de abril.

El Estatuto de Autonomía del Principado impide además al presidente de la comunidad convocar unas nuevas elecciones autonómicas en un plazo inferior a un año respecto a la fecha de la anterior disolución, que determinó la celebración de elecciones anticipadas por primera vez el pasado domingo en Asturias.

Así, el Estatuto contempla que el presidente tampoco puede acordar la disolución de la Cámara durante el primer período de sesiones de la legislatura ni cuando reste menos de un año para su terminación ni cuando se esté tramitando una moción de censura.

Por tanto, en caso de que no haya empates en la investidura, no pueden convocarse elecciones hasta el 30 de enero de 2013, puesto que en esa fecha de este año fue cuando el presidente regional, Francisco Álvarez-Cascos, disolvió el Parlamento.

EFE