OVIEDO

J.C. Martínez / A. Faes

La Fiscalía Superior del Principado de Asturias solicita al Tribunal Superior de Justicia de Asturias que desestime el recurso impuesto por Foro Asturias contra el recuento del voto emigrante. El partido de Álvarez-Cascos consideraba que la remisión de 300 sufragios por correo certificado de manera directa a la Junta electoral Provincial sin pasar por los consulados los invalidaba. De este modo trataban de revertir el recuento del voto emigrante que había quitado un diputado a Foro Asturias en la circunscripción occidental para dárselo al PSOE, alcanzándose así el actual empate entre las fuerzas de derechas e izquierdas con el diputado de UpyD, Ignacio Prendes, en el medio de ambos bloques.

En el escrito remitido por la Fiscalía al TSJA se solicita del tribunal que se "ratifique la proclamación del escrutinio general realizado". Para emitir esta calificación el ministerio fiscal fundamenta su decisión en el artículo 75 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, del cual interpretan que la intervención de las oficinas consulares no es un requisito esencial de validez del voto. Esgrimen en el mismo sentido que la Junta electoral Central ya habría utilizado este criterio en las elecciones autonómicas de mayo de 2011 y en las generales de noviembre.

Antepone en su razonamiento también la Fiscalía el derecho al voto recogido en la Constitución Española; así como la intención del votante de que el proceso era correcto a la hora de remitir el voto de manera directa por correo a la Junta Electoral Provincial.

Desmiente en el mismo texto el ministerio fiscal que la interpretación realizada sea contraria al principio de seguridad jurídica, como defendía el partido de Álvarez-Cascos y apela también a la igualdad de todos los ciudadanos.

Remata su razonamiento la Fiscalía asegurando que "pretender anular los votos recibidos por correo certificado directamente en la Junta Electoral, e incluso anular el total de los votos de la emigración que afecta a la Circunscripción Occidental, sería algo excesivo, desproporcionado e injusto, ya que todos los sufragios se mezclaron con los demás, sin que el recurrente pidiera en último extremo, antes de su escrutinio, que se hiciera constar en acta las características o procedencia de los votos, para así tener identificado su número"

El período de recepción de alegaciones terminó la pasada medianoche, lo que dio paso a la opción de iniciar la fase probatoria que, según ha podido saber este periódico, ninguna de las partes ha solicitado. Por lo tanto, desde hoy comienza la cuenta de cuatro días de que dispone el TSJA para emitir una sentencia. El plazo coincide con la fecha fijada para la sesión constitutiva de la Junta -este viernes- aunque es voluntad del tribunal asturiano agilizar el proceso todo lo posible para afrontar la formación de la Mesa y la toma de posesión de los diputados con cierta estabilidad.

Además del escrito del ministerio fiscal, que en ningún caso es vinculante, el TSJA recibió ayer los escritos de alegaciones del PSOE, de Izquierda Unida y de Francisco González, el diputado socialista que accedió al escaño que perdió Foro tras el escrutinio de los votos de la emigración. El Partido Popular, a pesar del pacto de investidura que ha alcanzado con Foro y de las conversaciones que viene manteniendo con Álvarez-Cascos desde poco después de las elecciones, rehusó personarse en el caso y, por tanto, se desmarcó de la reclamación de quien puede ser su socio de gobierno. Foro alegó que 332 de los algo más de 3.000 votos de emigrantes que se recibieron fueron incluidos en las urnas a pesar de haberse remitido directamente a la Junta Electoral Provincial, sin el sello de la correspondiente embajada u oficina consular, como marca la normativa. La Junta Electoral Central los dio por buenos en defensa del derecho al sufragio.