Oviedo, M. J. IGLESIAS

El anteproyecto de ley para la racionalización y sostenibilidad de la administración local, anunciado en el Consejo de Ministros del pasado 1 de julio de 2012, suprimirá de un plumazo todas las entidades locales menores en España, entre ellas las 39 parroquias rurales de Asturias, poseedoras de buena parte de las más de 3000.000 hectáreas de montes comunales infrautilizadas en la región. Si el anuncio llega a buen puerto, el patrimonio de montes y pastizales, cotos de caza, aguas y otros bienes comunales será «usurpado» por el municipio del que cada entidad local dependa administrativamente.

Eso cree el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo Leopoldo Tolivar Alas, que ayer puso el dedo en la llaga sobre el problema de «orfandad» que padecerá la superficie comunal asturiana si sale adelante la reforma, en la conferencia en el Real Instituto de Estudios Asturianos (RIDEA) bajo el título «Necesidad de un nuevo régimen legal de los bienes comunales como instrumento adecuado para el desarrollo de los pequeños y medianos concejos asturianos». La reforma también incluiría la supresión de 16 de los 78 municipios de la región, que no llegan al tope de 1.000 habitantes necesario para ser viables, en virtud de la propuesta del Gobierno.

Tolivar clausuró el ciclo «Ideas para una reforma del régimen local en Asturias», organizado por el RIDEA, con el patrocinio de Cajastur. Los directores del ciclo, el ex presidente del Principado Juan Luis Rodríguez-Vigil y el economista y doctor Roberto Fernández Llera anunciaron la publicación de un libro con el texto revisado de las conferencias.

El jurista, que en su día elaboró un estudio para el Banco de Tierras del Principado, destinado a dinamizar el territorio de uso agrícola paralizado «de forma estúpida», según apuntó Rodríguez-Vigil, abogó por que la comunidad autónoma haga uso de sus atribuciones y a partir de una ley autonómica legisle para permitir la utilización de unos bienes «infrarregulados» en Asturias, a los que los municipios no sacan partido ni destinan a los fines a los que los consagró la normativa ya contenida en la Constitución de 1812. Tolivar también estimó necesario elaborar una normativa propia y singular de régimen local para el Principado de Asturias.