Los integrantes de la Plataforma Sindical y de Asociaciones Profesionales de empleados públicos iniciarán durante este mes los recursos judiciales y administrativos contra el Real Decreto Ley 20/2011, que suprimió la paga de Navidad del personal de la Administración Pública, según una nota de prensa de CCOO.

Para ello, utilizarán la fórmula de recursos colectivos, iniciando las medidas judiciales pertinentes en diversos sectores públicos para paulatinamente ir ampliando las demandas, garantizando la defensa jurídica al conjunto de los empleados públicos.

En este sentido, la Plataforma descarta promover la formalización de acciones jurídicas de carácter individual entre los empleados públicos y todas serán siempre "de carácter colectivo y unitario", mediante la presentación por los sindicatos más representativos en cada ámbito, bien sea sectoriales o de empresa.

Los gabinetes jurídicos de los sindicatos presentaran dos tipos de demandas dependiendo del régimen jurídico del personal al servicio de las distintas administraciones, bien sea personal laboral, funcionario o estatutario.

En el caso del personal laboral que está regido por convenio, se presentarán paulatinamente conflictos colectivos en los diferentes ámbitos. Esta acción la llevarán a cabo los sindicatos de la plataforma legitimados en cada ámbito, al objeto de obtener una resolución que afecta a todo el personal al que le es de aplicación el convenio.

Respecto al personal funcionario y estatutario, cada sindicato presentará un número concreto de recursos asegurándose de que abarquen todos los ámbitos sectoriales (Administración del Estado, Administración de la Comunidad Autónoma, Administración de Justicia, Educación o Sanidad, administraciones locales, organismos autónomos, empresas públicas, etc.), intentando garantizar que los costes de las nuevas tasas judiciales no supongan un nuevo gravamen para los empleados públicos.

El objetivo de la demanda es fundamentalmente: el pago íntegro de la paga extra de Navidad de 2012, por la inadecuada utilización del decreto-ley, y el pago de los días devengados de la paga extra, puesto que el decreto-ley que la anula entró en vigor el 15 de julio.

Tras esta decisión de la Plataforma, los sindicatos recomiendan no iniciar ningún tipo de reclamación individual y, en caso de haberla ya iniciado, ponerse en contacto con las organizaciones sindicales para valorar la situación del procedimiento.

(EUROPA PRESS)