Fernando Álvarez García (Somines, Grado, 1956), abogado y administrador de fincas, será hoy el encargado de abrir la jornada sobre la última reforma de la ley de arrendamientos urbanos que se va a celebrar en el Colegio de Abogados de Oviedo. Álvarez García, con muchos años de experiencia a sus espaldas, ofrecerá una conferencia sobre los nuevos contratos de alquiler y sobre su letra pequeña: cláusulas, pactos y condiciones más importantes.

-¿El alquiler es la mejor alternativa en tiempos de crisis?

-Sí. En el mercado existe una gran oferta con precios a la baja. La iniciativa privada no tiene financiación bancaria para la nueva construcción y en el terreno de las compraventas sólo se están realizando aquellas de bajo coste en las que los compradores se pueden autofinanciar o disponen de ahorros.

-¿Cómo está el mercado en Asturias?

-En el Principado ya hay unas 76.000 viviendas que están alquiladas y al menos otras 10.000 vacías que están a disposición el mercado. Se trata de un alto nivel de alquiler si se tiene en cuenta que en Asturias hay un parque inmobiliario que ronda las 450.000 viviendas.

-¿La parece positiva la última reforma de la ley de arrendamientos?

-Permite más libertad de negociación entre el arrendador y el arrendatario. Por otro lado, trata de dinamizar el mercado de los arrendamientos, pues busca que salgan al mercado más viviendas en alquiler y lo está consiguiendo.

-¿Cuáles son los principales cambios que incorpora la nueva ley?

-En primer lugar, la duración de los contratos. Antes el inquilino tenía derecho a permanecer cinco años en la vivienda sin que el arrendador pudiese rescindir el contrato y ahora ese plazo se reduce a tres años. Además, ahora el propietario puede recuperar el inmueble de su propiedad para destinarlo a vivienda permanente suya o de un familiar siempre que haya transcurrido al menos el primer año de duración del contrato y lo comunique con dos meses de antelación. También se establece la posibilidad de que las obras que el inquilino haga en la casa sean compensadas con rebajas en las rentas, permite que los contratos puedan inscribirse en el Registro de la Propiedad e incorpora las nuevas tecnologías, ya que los contactos entre las partes por correo electrónico pasan a tener validez legal.

-¿El propietario podrá solicitar el procedimiento de desahucio con sólo un mes de impago del inquilino?

-Sí, pero en general no se suele aplicar. El arrendador suele esperar a que le deban más meses para acudir al juzgado.

-También habrá un registro del que pasarán a formar parte aquellos inquilinos condenados judicialmente por impago, ¿se trata de una lista negra de morosos?

-No se trata de una lista negra, es una garantía para el arrendador. Además, esa persona estará como máximo seis años en la lista y saldrá de ella en el mismo momento en el que salde su deuda.

-¿Es alta la morosidad de los arrendatarios asturianos?

-En los alquileres de pisos y casas la situación sigue estable. En cambio en los de locales de negocio la situación es bastante preocupante, pues la realidad económica actual pone en grandes dificultades a los comerciantes e industriales para pagar sus rentas.

-¿Qué consejo le daría a las partes a la hora de firmar el contrato de alquiler de una vivienda?

-Sobre todo que no se puede copiar un contrato de otros modelos ya hechos. Cada contrato es como un traje, todos tienen hechuras diferentes. Lo que deben de hacer es asesorarse a través de un abogado o de un administrador de fincas para pactar condiciones interesantes para todas las partes. Lo más barato es la prevención y el asesoramiento.

-¿Se debe de realizar un inventario de los muebles y existencias de una casa cuando se alquila?

-La verdad es que es algo muy conveniente y la mejor forma de empezar una relación entre el arrendador y el arrendatario. Así no habrá problemas.