El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de siete años de inhabilitación a la que hace ahora un año fue condenado el ex diputado de IU Ángel González como autor de un delito de prevaricación relacionado con la contratación de monolitos para la memoria histórica durante su etapa de viceconsejero de Bienestar Social.

La Sala II del Tribunal Supremo ha ratificado en todos sus términos la sentencia dictada el 6 de mayo del pasado año por e la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que le consideró culpable del fraccionamiento ilegal de contratos para instalar hitos conmemorativos en fosas comunes de la época de la Guerra Civil.

A la misma pena fue condenado para el ex alto cargo Roberto Moro Tella, segundo secretario general técnico de la Consejería en la etapa en la que González fue su viceconsejero y que fue considerado cooperador necesario.

El Supremo ha rechazado los recursos de casación que ambos habían interpuesto, confirmado íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y condenado al pago de las costas.

La sentencia implicó la pérdida de su condición de diputado electo en la Junta General del Principado de Asturias, así como la posibilidad de que pueda concurrir a ningún tipo de elección o ser nombrado para puesto representativo o ejecutivo o gestor por una autoridad pública durante siete años.

Ésta es la pena mínima para un delito de prevaricación, de acuerdo a la petición realizada por el Ministerio Fiscal, que denunció los hechos en febrero de 2013.

La sentencia considera probado que González, como autor directo en su etapa de viceconsejero de Bienestar Social, y Moro, como cooperador necesario, son responsables del delito por el fraccionamiento ilegal, en el año 2010, de contratos para instalar monolitos que señalizaran las fosas comunes de las víctimas del franquismo en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica.

El Supremo incide además en que no solo se fragmentaron contratos, sino que además se simuló la presentación de tres presupuestos, que hizo un mismo contratista, a la hora de conceder el contrato, con lo que no hubo posibilidad de que otras opciones más favorables se hiciera con los trabajos.

El tribunal consideró probado que González convocó en la sede de la Consejería al administrador de la sociedad New Construction, dedicada a la elaboración de hitos, al que se le encargó un presupuesto para adjudicar un contrato menor de obras y también se le solicitó que aportase presupuestos de otras dos empresas.

Según el fallo, esta solicitud se hizo para dar "cobertura legal" a la exigencia interna de presentar tres presupuestos y así proceder a la posterior adjudicación por el procedimiento de contratación menor de obra.

El administrador de New Construction entregó un presupuesto propio por importe de 49.856 euros, así como el de otras dos empresas por 49.989,97 euros y 58.000 euros.

La entonces jefa de servicio de la Consejería de Bienestar Social, Mónica M.A., una vez estudiado los presupuestos, informó a Roberto Moro que el tipo contractual debería ser el de contrato de suministro a tramitar por procedimiento negociado, a lo que éste en un principio accedió.

No obstante, según el apartado de hechos probados, González acudió al día siguiente al despacho de la jefa de servicio y le manifestó que "resultaba imposible tramitarlo por el procedimiento negociado porque se retrasaría y necesitaba hacerlo con carácter urgente".

La jefa de servicio le advirtió de que no podía hacerse como contrato menor de obras porque era un suministro, y el contrato menor de suministro tenía un límite máximo de 18.000 euros.

Mónica M.A. optó finalmente por renunciar a la tramitación ante la insistencia de Ángel González y Roberto Moro, quien finalmente, de acuerdo a la petición del viceconsejero, encargó a otro funcionario la realización de tres contratos menores de suministro.