El Tribunal Constitucional ha estimado un recurso interpuesto por la Generalitat Valenciana y ha anulado el Real Decreto de julio de 2014 que regula el impuesto estatal sobre los depósitos bancarios, el tributo que el Ministerio de Hacienda puso en marcha como reacción al gravamen a la banca que habían establecido en 2013 varias comunidades autónomas, entre ellas Asturias. La resolución argumenta que el Gobierno no justificó de forma suficiente la concurrencia en este caso del requisito de "extraordinaria y urgente necesidad" que se considera imprescindible para el uso de una legislación de urgencia como el decreto ley, pero no afecta a la vigencia del tributo del Estado, que poco después de la promulgación del decreto fue tramitado como proyecto de ley, ni a la anulación del impuesto asturiano, que el propio Tribunal Constitucional invalidó en sentencia del pasado 28 de mayo.

Según apunta expresamente el fallo, "esta decisión no afectará a las situaciones jurídicas consolidadas, debiéndose considerar como tales las establecidas mediante actuaciones administrativas firmes o las que, en la vía judicial, hayan sido decididas mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada".

La implantación de un gravamen sobre los depósitos bancarios dio lugar a una cascada de recursos judiciales cruzados entre administraciones cuyas sentencias han sido siempre favorables al Estado. En el caso asturiano, el Tribunal Constitucional desestimó los dos interpuestos por el Principado contra el impuesto estatal y anuló después el tributo autonómico.