El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado, con una serie de nuevas sentencias, la financiación pública de los colegios concertados que segregan a sus alumnos por sexo. En Asturias, el Tribunal Superior de Justicia desestimó en 2014 el recurso presentando por los colegios Peñamayor y Los Robles (los dos que segregan por sexos en la comunidad), que habían impugnado la retirada del concierto educativo.

Los nuevos fallos del Tribunal Constitucional atañen a una batería de recursos presentados en Andalucía. La serie de nuevas sentencias -hasta doce-, reafirman la inadmisión de la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a petición de la Junta andaluza, respecto a la Ley de presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2013 que regula la distribución de los fondos públicos para el sostenimiento de los centros educativos concertados. Los fallos abarcan las causas impulsadas por patronales, asociaciones de madres y padres de alumnos y la Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza (FSIE) contra las órdenes aprobadas por el Gobierno andaluz en 2013 para denegar el concierto a varios centros de educación diferenciada al considerar que no cumplían con lo establecido en la Ley Orgánica de Educación de 2006, vigente en ese momento, en lo que se refiere a la no discriminación por razón de sexo. Estas órdenes afectaban a los centros de educación diferenciada Ángela Guerrero, Ribamar, Altair y Albaydar, de Sevilla.