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Pilar Jiménez Blanco. | Catedrática de Derecho Internacional Privado en la Universidad de Oviedo

"Unos mil españoles viajan al año para contratar una 'madre de alquiler' "

"Mi intuición me dice que en España iremos a la admisión al menos parcial cuando exista vínculo biológico altruista y no comercial"

Pilar Jiménez Blanco. ARCHIVO

María del Pilar Jiménez Blanco, catedrática de Derecho Internacional Privado en la Universidad de Oviedo, aboga por cambiar la legislación, aunque sea parcialmente, para que en España se admita la gestación por sustitución con garantías. Dicho de otra manera, las "madres de alquiler" o "vientre de alquiler". En una conferencia en el Colegio de Abogados de Oviedo aseguró que son muchos los españoles que optan por esta práctica en otros países donde está legalizada.

-¿Qué es la gestación por sustitución?

-Es un contrato en virtud del cual los padres intencionados contratan con la gestante que en el momento de nacer el bebé se les atribuirá la paternidad y ella renuncia a ser determinada como madre. En España la afiliación materna viene siempre determinada por el parto. Si se hiciera un contrato de estas características sería nulo.

-¿Por eso se van a otros países?

-En la práctica muchos españoles se van a estados donde es legal, como California. Padres o madres que optan por este modelo se van allí, lo contratan y cuando nace el bebé lo inscriben en el registro. El problema es conseguir luego registrarlos en España, pero se encuentran fórmulas.

-Pero si están registrados en el país de origen y viajan con sus padres...

-El bebé nace en California, por ejemplo, y se inscribe allí. Pero debe ser inscrito también en el registro español del consulado para que tenga documentación y lo puedan sacar del país de origen y volver aquí con él. Debe haber esa doble tramitación. Los casos conflictivos surgen cuando los padres españoles "huyen" de nuestros derechos y legislación.

-¿Y se deniega ese registro como ciudadano español?

-El Tribunal Supremo entiende que no se podría dar efecto, pero sí se ha hecho en muchos supuestos. Y es que hay que buscar una vía para ver qué se hace con el bebé. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dice que hay que hacer prevalecer los intereses del menor. Las leyes de España, Francia y Alemania, por ejemplo, pueden dejar al niño desprotegido. Aquí no se le reconoce y a Estados Unidos no podría volver, así que quedaría en tierra de nadie. Se están utilizando las figuras de la adopción o el acogimiento para permitir que los niños se queden con los padres que han contratado.

-¿Otro conflicto ideológico y social?

-En España se intentó regular antes de las últimas elecciones, para que se admitiera al menos parcialmente. Sí, es conflictivo desde el punto de vista ideológico y social, pero la realidad es que sigue habiendo casos.

-¿Se sabe cuántos al año?

-Alguna asociación dice que puede haber hasta 1.000.

-¿Cree que se conseguirá?

-Mi intuición me dice que iremos a la admisión al menos parcial, cuando uno de los padres pueda tener vínculo biológico altruista, es decir, no comercial. Hay varones que el material genético con el que se gesta a una mujer es suyo. En esos supuestos es más fácil admitir esta situación. Pero la realidad es que no se puede poner puertas al campo.

-¿Estos padres tienen los derechos de paternidad y maternidad?

-Hay varias sentencias en que se han concedido aplicando el principio de que corresponde porque el bebé está en el registro.

-¿Cuánto puede costar tener un bebé con una "madre de alquiler"?

-Depende, en India los gastos rondan los 60.000 euros, mientras que en California se estima que están entre los 100.000 y los 120.000 euros. Pero en India tiene muchos elementos conflictivos, y Rusia y Ucrania son los países más exitosos para estas prácticas. En Grecia y Reino Unido está admitido con condiciones, como que la gestante sólo pueda renunciar al bebé una vez que lo haya tenido, no antes.

-¿Y el riesgo de que se pueda producir tráfico de menores, o explotación de mujeres?

-El riesgo se abordaría con una legislación garantista, como es la de California. La mujer debe tener una determinada edad y una situación económica que demuestre solvencia para evitar la explotación. También debe tener al menos un hijo propio, para evitar que cambie de idea. En España, los casos admitidos siempre han conllevado una sentencia del tribunal del país de origen donde se garantice el consentimiento irrevocable, libre e informado de la gestante para entregar el niño.

-¿Cuál es el perfil de las parejas que recurren al "vientre de alquiler"?

-La admisión entre parejas del mismo sexo es uno de los factores que más ha tirado del auge de la gestación por sustitución, pero también hay hombres y mujeres solteras, y parejas heterosexuales que han fracasado con otras técnicas para poder tener hijos.

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