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La Audiencia niega a un avilesino cobrar la herencia de su hijo por "indignidad"

El menor percibió una indemnización del Sespa por una meningitis y falleció pocos años después, durante los cuales el padre lo abandonó

La Audiencia Provincial de Asturias ha denegado a un avilesino el derecho a cobrar parte de la herencia de su hijo al considerarlo indigno de hacerlo por haberle abandonado. El pequeño murió a consecuencia de una meningitis que los médicos detectaron tarde, provocándole una total incapacidad que le invalidó durante los pocos años que vivió. El Sespa le tuvo que abonar una "muy cuantiosa" indemnización, y su padre ahora reclamaba la mitad, pese a haber reconocido por escrito que había sido "un niño ni querido ni deseado" por él. Esta sentencia por "indignidad" es de las pocas que se han producido en España.

Era un día de Reyes cuando el pequeño, de 16 meses, se empezó a encontrar mal. Su madre -que exige anonimato- y su abuela le llevaron al centro de salud que les correspondía, donde les dijeron que no veían nada anormal. Volvieron a su domicilio, pero veían que el niño empeoraba y lo llevaron al servicio de urgencias del Hospital San Agustín, donde les volvieron a decir que todo estaba bien y que fueran a casa. Lo hicieron, pero el niño empeoraba y volvieron por segunda vez.

Según relató el letrado de la madre, Javier Gómez-Gil, cuando estaban en la sala de espera pasó un pediatra que se dio cuenta de que el pequeño estaba gravemente enfermo. Sufrió una meningitis meningocócica que le provocó como secuela una "afectación cognitiva y encelopatía epiléptica segundaria", con una parálisis y otras afecciones que le hacían dependiente al 100% para las necesidades vitales más básicas.

Cuando se supo la gravedad de las secuelas y la dependencia absoluta del pequeño, aún bebé, el padre planteó la separación, a la que accedió su mujer estableciendo un convenio regulador en el que se establecía la pensión alimenticia que el padre le abonaría al pequeño, y que se elevaba a 450 euros al mes. Pese a la separación, los padre decidieron demandar al Sespa y tras años de pleitos, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) les dio la razón, igual que hizo posteriormente el Supremo. La indemnización, que la madre del niño rechaza hacer pública, era muy cuantiosa.

Mientras se resolvían los pleitos judiciales, la madre se encargó en solitario de atender al pequeño, mientras que el padre se desentendió de él por completo. No le pasó la pensión alimenticia ni se preocupaba de su cuidado. Según consta en la sentencia de la Audiencia Provincial, "el desapego paterno y la delegación en el otro progenitor de los extenuantes cuidados que precisaba el menor son cuestiones igualmente reconocidas", y añade que "ni siquiera los familiares directos (del padre) osaron calificarle como un buen padre". Y el resto de testigos "confirmaron el lamentable olvido paterno". Pero además, quedó constatado que "había incumplido su obligación de dar alimentos" pese a que "nunca le hubiera faltado dinero para su propio esparcimiento".

La sentencia va más allá, y relata que la indemnización abonada por el Sespa incluía 120.000 euros para los padres por los daños y las consecuencias de la enfermedad de su hijo. Pues con el único fin de cobrar el dinero que le correspondía, el padre llegó a firmar un papel en el que aseguraba que su hijo era "un niño ni querido ni deseado" por él. A cambio, se comprometía a renunciar a cualquier otra reclamación.

Pero al fallecer el niño la herencia era muchísimo más cuantiosa, así que decidió reclamar la mitad que según él le correspondía. "La indemnización era para su hijo, no para ellos. Y el único dinero que tocó la madre fue para comprar un coche adaptado para trasladar al pequeño y para pagar a los profesionales que participamos en el proceso. Porque muchos de los tratamientos que recibía el pequeño tampoco los cubría la Seguridad Social. Ahora trabaja de camarera, pero lo pasó muy mal durante muchos años, porque se tuvo que enfrentar ella sola al sufrimiento de su hijo", afirmó el letrado Javier Gómez-Gil, experto en litigios contra la Administración Pública y las aseguradoras.

En cuanto al padre, la Audiencia Provincial lo declara "incapaz por indignidad para suceder a su fallecido hijo".

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