El "caso Villa" continuará en manos de la titular del juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo, tras rechazar la jueza su traslado a Langreo, como reclamó la defensa del ex secretario general del SOMA, José Ángel Fernández Villa. La jueza Simonet Quelle Coto aplica el "principio de ubicuidad" dictado por el Tribunal Supremo, que dispone que si "el delito se comete en todas las jurisdicciones en las que se haya realizado algún elemento, en consecuencia el juez que primero haya iniciado las actuaciones procesales será en principio competente para la instrucción de la causa". La abogada de Villa pidió el traslado de la causa a los juzgados de Langreo por ser la sede del SOMA, donde se cometieron los presuntos delitos cometidos y el lugar de trabajo de Fernández Villa, que fue denunciado por su sindicato por apropiación indebida. En principio, el sindicato reclamaba a su ex líder 360.000 euros, pero la querella fue ampliada hasta alcanzar los 430.552 euros.

La jueza también muestra en su auto cierta sorpresa por el hecho de que el recurso de la defensa de Villa se presente casi un año después de ser interpuesta la querella -el 28 de septiembre de 2015- y de haber sido aceptada por el Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo -dos días después-. Y recuerda que incluso cuando se apeló la admisión a trámite de la demanda, no se alegó "tal falta de competencia territorial que ahora sostiene ocho meses más tarde".

En el auto para desestimar el traslado del "caso Villa" a Langreo, se analizan uno a uno los argumentos de la defensa del exlíder sindical. Sobre las apropiaciones indebidas realizadas como consecuencia de gastos con tarjeta de crédito, la jueza entiende que "el 'forum delicti commissi' corresponde a cada uno de los lugares en que se realizaron y, en tal sentido, los gastos se realizaron ya no sólo en establecimientos de Oviedo, sino en otras localidades tales como Madrid, incluido Aeropuerto de Barajas, y Langreo".

También se pronuncia sobre el lugar de compra de los vehículos para uso particular de Fernández Villa que acabó pagando el SOMA, para sostener que "la competencia vendrá determinada por el lugar donde los mismos fueron adquiridos, lo que ocurrió en concesionarios o bien sitos en el partido judicial de Oviedo o en el partido judicial de Siero al que pertenece la localidad de Lugones".

La defensa de Villa también apelaba a los cheques con los que Hunosa abonaba al sindicato las dietas de los asistentes al comité intercentros de la empresa, y que Villa recibía y presuntamente se quedaba con el dinero. "Con respecto a los cheques, debe de tenerse en cuenta que son librados en Oviedo, donde radica la sede y el domicilio social de la entidad Hunosa y por José Ángel Fernández Villa incorporados a su patrimonio, con independencia de dónde realice el cobro, por lo que existe una clara vinculación con Oviedo", argumenta la jueza.

Por último, reconoce que en la investigación judicial "constan otras conductas realizadas en Sama de Langreo, pero no son las únicas que se están investigando".