El exalcalde de Cudillero Francisco González ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Oviedo a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa, y y a indemnizar con 9.000 euros por daños morales a un sargento de la Policía Local al que perjudicó en un "ejercicio arbitrario de poder". En la misma sentencia se mantiene la absolución para el también exalcalde Gabriel López, concejal cuando se produjeron los hechos.

La Audiencia Provincial de Oviedo estimó el recurso interpuesto por la Fiscalía después de que el Juzgado de lo Penal número 1 de Avilés absolviera al exalcalde de un delito de prevaricación por perjudicar al sargento de la Policía Local Iván Flórez con la apertura de un expediente disciplinario.

Los hechos se remontan al 17 de septiembre de 2009, cuando Francisco González dictó un decreto por el que ordenaba incoar expediente disciplinario contra el sargento de la Policía Local de Cudillero porque presuntamente había incumplido una orden de traslado y depósito en la oficina de correos local de la correspondencia certificada del Ayuntamiento.

En aquel decreto se aducía que por no haber cumplido la orden, el Ayuntamiento de Cudillero había perdido una subvención de unos 99.000 euros de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, al haber presentado la solicitud fuera de plazo. Luego se demostró que no se había perdido dicha ayuda.

El Ministerio Fiscal recurrió la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Oviedo al entender que hubo un error en la valoración de la prueba, y mantuvo por tanto que no había motivos para incoar el expediente al sargento de la Policía Local, que estuvo suspendido de empleo y sueldo. Según el fiscal, el decreto se sustentaba en hechos que no habían ocurrido y que Francisco González había actuado "con el conocimiento del carácter arbitrario e injusto de tal resolución".

La Audiencia le da la razón al fiscal y condena a González por haber incurrido en un "ejercicio arbitrario de poder" y haber actuado "a sabiendas de su injusticia". Y añade que "no existió ningún motivo real para la incoación del expediente disciplinario".