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El rompecabezas del alquiler vacacional

La norma que regula las viviendas de uso turístico en Asturias fija las dimensiones de las estancias y las camas así como los electrodomésticos y la lencería a incluir

El decreto del Gobierno asturiano que acota el "mercado negro" del alquiler vacacional en la región fija los requisitos que deberán cumplir todas las estancias de la vivienda que será arrendada para poner coto así a prácticas "ilegales" o "piratas".

Como requisitos mínimos en este decreto que regula las condiciones de las viviendas vacacionales y de uso turístico se recoge que los inmuebles deberán estar dotados de un baño si la capacidad de los mismos no excede de las seis plazas, y, al menos dos, cuando supere esta cifra. En cualquier caso, su capacidad máxima nunca excederá de las 14 personas, pudiendo distribuirse en un máximo de siete habitaciones.

En el salón se plantea ajustar su superficie a la capacidad del establecimiento de manera que, en ningún caso, pueda ser inferior a ocho metros cuadrados, a razón de un metro cuadrado por persona en la vivienda. En la cocina se exige, horno, frigorífico, lavadora, plancha y una despensa.

A la placa identificativa de su uso como vivienda vacacional se suma la exigencia de accesos señalizados y practicables para toda clase de turismos, disponiendo en el interior de la misma de un teléfono para uso de los clientes. Asimismo, el arrendador deberá proveer de un mínimo de dos juegos completos de lencería de baño por persona y semana de estancia, idéntico número que el señalado para los juegos de cama.

En los dormitorios, el decreto, cuyo contenido se publicó ayer en el Boletín Oficial del Principado (BOPA), se recoge que las camas deberán tener una anchura mínima de 0,80 metros en el caso de las habitaciones individuales y 1,35 metros, para las dobles. Cada dormitorio deberá contar con mesilla de noche y una silla o butaca por ocupante, además de armario ropero con perchas adecuadas, indica la norma.

En el concepto de vivienda vacacional para el Gobierno del Principado también se recoge la obligación de que en la misma deberán figurar los precios del alojamiento y un teléfono de contacto en el que el titular del establecimiento deberá estar localizable las 24 horas. Asimismo, se considera que la estancia comenzará a las 17.00 horas del primer día del periodo contratado y terminará a las 12.00 horas del día señalado como fecha de salida.

Además, los establecimientos reservados para los usos regulados en esta norma no se pueden convertir en residencia principal ni secundaria de quienes llegan como clientes deberá que el uso turístico deberá mantenerse hasta que así se comunique a la Administración regional.

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