La consejería de Educación acatará las últimas sentencias favorables a que los profesores interinos sean incluidos en el Plan de Evaluación Docente. O eso al menos se desprende de las palabras del consejero de Educación, Genaro Alonso, quien afirmó ayer que teniendo en cuenta que "la directiva europea es clara y prevalece sobre la interna, no va a haber más remedio que ir en esa línea".

Nueve sentencias se conocieron el pasado jueves en la que los profesores interinos demandantes veían satisfechas sus reivindicaciones y cobrarán, si procede, el plus de productividad (132 euros para los maestros y unos 260 para los de Secundaria). Pero la previsión es que produzca una avalancha de fallos judiciales en el mismo sentido, ya que hay centenares de recursos presentados contra la Administración.

También ayer se conoció otra sentencia del Supremo que afecta a personal que trabaja para la Administración pública. En este caso ha reconocido el derecho de una auxiliar administrativa de la Agencia Tributaria en Asturias a que se le compute a efectos de antigüedad todo el tiempo transcurrido desde que empezó su relación laboral fija discontinua, incluyendo los periodos en que no ha habido prestación efectiva de servicios, y no sólo los trabajados de manera efectiva. Confirma así una sentencia de 2014 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

El Juzgado de lo Social número 2 de Oviedo había fallado inicialmente que se debería de computar exclusivamente los meses reales de trabajo durante la campaña anual de declaración de la renta, y no todo el año.

La empleada empezó a trabajar en la Agencia Tributaria como personal fijo discontinuo durante la campaña anual para la declaración del IRPF, con un tiempo efectivo de servicio en cada una de ellas -de 2009 a 2013- de dos meses y medio. El Supremo entiende que está sometida al convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Tributaria, y le reconoce toda la antigüedad.