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La obligatoriedad de tener seguro pone en jaque las tradicionales sestaferias

Las parroquias revisan la fórmula de cooperación vecinal para evitar juicios: "Con el criterio actual no se pueden mantener", dicen los expertos

"La sestaferia no se puede mantener hoy según los criterios tradicionales". La advertencia es del jurista Ignacio Arias, exletrado de la Junta General del Principado y gran experto sobre Derecho Consuetudinario Asturiano, quien alerta de que los participantes en este tipo de trabajos comunales tienen que estar asegurados por la organización, se trate de una asociación vecinal, una parroquia rural o un ayuntamiento. Es más, la obligatoriedad de esa póliza para cubrir posibles percances ya figura en las ordenanzas específicas sobre sestaferias que están aprobando ahora la mayor parte de las 39 parroquias rurales de la región. Hacen bien en cubrirse estas entidades. Ignacio Arias tiene constancia de sentencias condenatorias que obligaron a Administraciones locales asturianas a compensar a participantes heridos en sestaferias organizadas desde los consistorios y que no disponían del correspondiente y ahora obligatorio seguro de accidente.

La sestaferia es una prestación personal, de carácter obligatorio y no voluntario, para llevar a cabo trabajos comunales destinados a la apertura, construcción, reconstrucción, conservación, reparación, mantenimiento, arreglo, limpieza y mejora de caminos vecinales, fuentes, abrevaderos, lavaderos, puentes, suministro de agua y demás infraestructuras similares, localizadas en el pueblo y en sus espacios productivos, de interés exclusivo para sus vecinos. Esta es la definición que se ofrece en la compilación de Derecho Consuetudinario, aprobada por la Junta General del Principado en junio de 2007. El texto, en cuya redacción desempeñó un papel fundamental Ignacio Arias, incluye un capítulo dedicado a la sestaferia que sirve de base para los reglamentos que se están aprobando ahora en la región para evitar complicaciones legales.

Ante las críticas surgidas en algunas localidades asturianas por esta reglamentación de la sestaferia, el piloñés Andrés Rojo, presidente de la Federación Asturiana de Parroquias Rurales, sostiene que estamos ante una figura que pertenece al Derecho Consuetudinario Asturiano y que su normalización resulta obligada para cumplir con la legislación. No opina lo mismo Cesar Solís, alcalde de barrio de San Miguel de la Barreda, en Siero. Allí eran habituales los trabajos comunales y se han dejado de hacer desde hace un par de años porque, según Solís, "cada vez ponen más trabas por auténticas tonterías". Este alcalde de barrio critica, por ejemplo, que haya que contratar seguros específicos para los participantes, lo que "encarece" una labor que, según indica, se realiza por "amor al pueblo y para que esté mejor". En su caso, la mayor parte de las actividades programadas consistían en organizar cuadrillas que, con el apoyo de una máquina excavadora cedida por el Ayuntamiento, se encargaban de la limpieza de viales. "Ahora lo que hacemos es que cada uno limpie lo suyo y ya está", reconoce con cierta sorna.

José Manuel García del Valle, secretario general del colectivo de parroquias rurales, defiende que la sestaferia se reglamente a partir de un modelo general que se adapte luego a las características generales de cada localidad. Según indica, unos 25 de los 39 entes parroquiales de la región ya han aprobado una normativa y "el objetivo" es que todas ellas cuenten con una. A su juicio, los costes derivados de la puesta al día de una figura de trabajo comunal con cientos de años de historia a sus espaldas no son "para nada elevados". "El tema del seguro se puede solventar con setenta euros", afirma García del Valle.

De acuerdo con el modelo de ordenanzas sobre sestaferias generalizado en el Principado, la obligación de acudir a estas convocatorias afecta a todos los vecinos de entre 18 y 65 años de edad. Cada casa habitada durante al menos dos meses al año debe aportar un obrero con los utensilios necesarios para trabajar. La obligación puede redimirse con un pago económico, pero cabe una pena de sanción en las ausencias de hasta seis veces el salario mínimo.

Quienes no asisten a la sestaferia sin causa justificada, no envíen a otra persona en su lugar y tampoco paguen para no tener que trabajar integran lo que tradicionalmente se ha conocido como la "lista de faltosos".

Más información en página 56

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