La Audiencia Provincial de Asturias sentencia a un adolescente y a su madre, que tiene su guardia y custodia, a cumplir con el régimen de visitas concedido al padre, que desde el divorcio vive en Alicante. El fallo judicial se sustenta en que fue "una decisión caprichosa" del hijo dejar de visitar a su padre, y su madre respetó esa decisión.

El régimen de visitas se rompió en el verano de 2016 y el padre, representado por la letrada Laia Duart Álvarez de Cienfuegos, del despacho Egal Abogados, presentó una demanda en el Juzgado de Luarca, donde residen la madre y el hijo. En un primer fallo judicial, se desestimó su petición en atención a que es el hijo el que no quiere cumplir con el régimen de visitas.

El padre recurrió el fallo a la Audiencia Provincial, que ahora le da la razón porque "no puede dicho menor por su propia voluntad alterar la decisión judicial y disponer a su antojo que no visitar a su padre, conculcando un derecho que le ha sido conferido por decisión judicial", consta en la sentencia. Y añade respecto de la madre que "ante tal posición de su hijo, no puede quedarse impasible o simplemente apuntarle que ha de realizar las visitas, sino que es su obligación implicarse de manera activa en el cumplimiento de tal deber, removiendo todos los obstáculos precisos, y hacer comprender al menor que no puede decidir por sí y ante sí no viajar a Alicante". Además, se advierte de que el incumplimiento puede conllevar una revisión de la custodia.