El Ayuntamiento de Cabrales ha ganado la "guerra" del canon eléctrico a las multinacionales del sector y podrá cobrarles un canon por el terreno que ocupan sus tendidos aéreos. El Tribunal Supremo, mediante una sentencia a la que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA, ha revocado una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que había anulado la ordenanza que Cabrales aprobó en diciembre de 2014, durante el mandato de Carlos Puente (Foro) para cobrar un canon a las dos compañías eléctricas que disponen de tendidos aéreos en el concejo por "ocupación del dominio público local". Cabrales se convierte así en el primer ayuntamiento de Asturias en contar con una "ordenanza eléctrica" refrendada por los jueces.

El recurso de Red Eléctrica de España contra la ordenanza triunfó en el TSJA, pero el posterior de Cabrales se ha impuesto en el Supremo. La sentencia es firme y el gobierno cabraliego podrá empezar a cobrar de inmediato el "canon eléctrico", así como los recibos correspondientes a los dos años y cuatro meses anteriores.

En un primer momento, el organismo municipal había calculado que las empresas eléctricas con instalaciones en el concejo tendrían que pagar del orden de 800.000 euros al año. Posteriores estudios han desvelado que el canon será sensiblemente menor: se situará previsiblemente entre los 200.000 y los 300.000 euros.

El fallo de la Sala de lo Contencioso del Supremo, cuyo ponente fue José Antonio Montero Fernández, cuenta con dos votos particulares, emitidos por tres magistrados, en los que se indica que el recurso de Cabrales debió ser desestimado, al estimar ilegales los métodos elegidos para fijar la cuantía de las tasas.