La jueza instructora del "caso Hulla" ha aceptado que el Montepío de la Minería se persone en la causa como perjudicado tras una informe favorable de la Fiscalía Anticorrupción. Pero advierte de que eso no le exime de su condición de responsable civil subsidiario si se confirma que existió desvío de fondos públicos para el presunto enriquecimiento de los principales implicados en la supuesta trama.

Esta decisión supondría que el Montepío no tuviera que devolver el dinero procedente de los fondos mineros, aunque el resultado final dependerá también de la Abogacía del Estado, que también se ha personado como acusación en la causa. También se ha admitido la personación como acusación particular del SOMA.

Anticorrupción indica en su escrito que el Montepío "resultó indiciariamente perjudicado por el fraudulento proceder de su presidente -José Antonio Postigo- y de terceros participantes en los hechos, pudiendo interesar el abono de las cantidades defraudadas y los daños y perjuicios irrogados por el investigado durante la etapa en la que ocupó diversos cargos en dicha mutualidad". Pero advierte de que el Código Penal establece que también puede resultar responsable civil subsidiario.

La Fiscalía se basa en jurisprudencia consolidada para admitir la simultaneidad de ambas posiciones procesales en el mismo caso, para evitar duplicidad de instrucción y juicio que pueda provocar sentencias contradictorias.

La jueza instructora tiene en cuenta el informe de Anticorrupción y admite que el Montepío pueda ser en la misma causa "acusador y acusado", al entender que se distingue "de forma nítida", el desvío de los fondos minero y el correspondiente a los fondos propios de la mutualidad.