No lo consiguió Olvido Hormigos, pero sí la avilesina que sufrió el infierno de que su amante, un exjugador del Real Avilés, difundiera un vídeo de ambos de alto contenido erótico: que el autor fuera condenado penalmente. Ahora ya es posible, después de que la reforma del código penal de marzo de 2015 considere delictiva la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento de los actores. Pero los hechos que afectaron a la avilesina se produjeron con anterioridad al cambio legal.

La Audiencia Provincial ha confirmado la condena de un año de cárcel para el exfutbolista al considerar probados los daños psicológicos que sufrió la víctima. El deportista había recurrido, pero el tribunal desestima el recurso al considerar que la baja laboral que sufrió la afectada y la ansiedad que padeció, ratificada por informes médicos, fueron desencadenadas por la difusión del vídeo. Y que el exfutobolista fue el autor del primer envío. "La tesis del recurrente carece de la menor credibilidad, se basa en meras especulaciones que no tienen presente su posesión del aparato de telefonía y no hay el más mínimo indicio de que terceras personas accedieran a él", sostiene la sentencia, contra la que no cabe ya recurso.

Los hechos se remontan a enero de 2015, cuando a la víctima le llegó a su teléfono móvil a través de una tercera persona un vídeo íntimo en el que aparecía ella junto al exfutbolista. Se puso en contacto con su amante quien había asegurado haber borrado las imágenes inmediatamente después de haberlas grabado. Pero en la llamada telefónica, segun recoge la sentencia "en tono irónico y jocoso dice que van a ser 'trending topic' en la red".

La Audiencia considera probado que fue falsa la argumentación esgrimida por el futbolista de que había enviado a reparar el teléfono y establece que él fue el causante de los daños psicológicos que sufrió la víctima, aunque sin entrar a juzgar penalmente la difusión del vídeo.

"Se trata de una sentencia única en España, porque en otros casos los tribunales no consideraban delito difundir imágenes íntimas y, como en el caso de Olvido Hormigos, los autores de la difusión evitaban una condena", explicó ayer el abogado Daniel Alonso, que representó a la víctima.

Ahora la situación ya es distinta, porque la ley establece a las claras que difundir material erótico sin consentimiento es delito. "Y esta situación afecta no sólo a quien las graba y las envía, sino a quien las propaga desde su teléfono móvil, aunque no tenga nada que ver con la situación", explica el abogado, quien alerta del comportamiento delictivo en el que pueden caer muchos adolescentes que comparten vídeos sin conocer su procedencia.