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Las cuentas con las residencias y la ley de Dependencia

Los herederos que ya pagaron la deuda del geriátrico tendrán prioridad en la devolución

El Gobierno enviará en septiembre cartas certificadas con la nueva liquidación y calcula reintegros de hasta el 50% de las cuantías abonadas

Los herederos que ya pagaron la deuda del geriátrico tendrán prioridad en la devolución

Los herederos que ya hayan pagado la deuda contraída con el Principado por la estancia de sus familiares en los geriátricos públicos tendrán prioridad en las devoluciones que a finales de año tiene previsto iniciar el Gobierno regional, y que en algunos casos llegarán incluso al 50% de lo abonado. El decreto que se aprobará hoy y que permitirá aplicar el copago a todos los residentes en las residencias públicas que tengan reconocida la dependencia, entrará en vigor a finales de mes. Con carácter inmediato se notificarán a las familias, por carta certificada, los nuevos cálculos.

La Consejería de Servicios y Derechos Sociales estima que el montante global de las devoluciones ascienda a 5,8 millones de euros, aunque su reparto será muy desigual en función de las circunstancias de cada residente.

En total se han revisado 3.435 expedientes. De ellos 585 correspondían a residentes con la dependencia reconocida que viven en geriátricos públicos o concertados. A todos ellos ya se les hicieron los cálculos nuevos en base a la ley de Dependencia y se les empezó a aplicar el pasado mes de abril. Otros 2.338 expedientes corresponden a liquidaciones efectuadas que ya han sido auditadas y que se reenviarán a los usuarios o familias. Y quedan pendientes otros 512 expedientes que no fueron objeto de liquidación al quedar paralizados tras el mandato de suspensión de la Junta General a la espera del nuevo decreto.

El origen de la polémica

El conflicto surgió a raíz de la Ley de la Dependencia. Inicialmente, los residentes firmaban lo que se denominaba un contrato de hospedaje, según el cual cada usuario abonaba 1.272 euros, con independencia de su situación económica. En la práctica, el ERA cobraba el 75% de la pensión del interno (sin pagas extraordinarias). Si no cubría el coste, se acumulaba la deuda y cuando fallecía se liquidaba con los herederos. Si el residente tenía ahorros o patrimonio, la deuda se abonaba de la herencia. Y si era incobrable, se daba por liquidada.

La ley de Dependencia se aprobó en 2007, pero no se aplicó hasta enero de 2011, que es cuando entra en vigor el copago. Esta fórmula supone que cada residente abona en función de su capacidad económica. El cálculo se realiza sumando la pensión del residente, más las pagas extras, los ahorros y el patrimonio. De la cuantía resultante se descuentan un mínimo de 101 euros mensuales para los gastos personales del residente. En esta situación, no se genera deuda. Pero si el usuario tiene otros gastos inevitables (como recibos de la vivienda a su nombre u otros) estos tienen prioridad sobre el pago del coste de su plaza. Cuando el usuario no llega a cubrir ese coste, va acumulando una deuda. Además, el precio de la plaza ya no es fijo, sino que depende del grado de dependencia (más caro cuanta más atención se precisa).

El problema surge porque el Principado no aplicó la ley de Dependencia a todos aquellos que la tenían reconocida, ni tampoco liquidó las cuantías entre los años 2007 y 2011. Al entrar el copago en vigor, se empezaron a enviar a los residentes o a sus herederos las liquidaciones con la deuda contraída, que llegaba en algunos casos a superar los 40.000 y hasta los 50.000 euros, e incluso más. Todos esos expedientes son los que ahora se han revisado y se volverá a enviar una nueva liquidación.

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