La Fiscalía solicita la condena de una acusada de trato degradante a su abuelo, de 94 años, en Pravia. El juicio se celebrará este lunes, 22 de enero, en Avilés. Según el relato de la acusación pública, la mujer hizo creer al anciano que ella tenía un grave enfermedad pese a que su estado de salud era bueno, le aisló y le obligó a tomar medicación

La calificación fiscal relata que el abuelo, nacido el 11 de febrero de 1924, era una persona que, a la fecha de los hechos, con 94 años, tenía buena salud física. Padecía exclusivamente de insomnio y depresión a raíz del fallecimiento de su mujer, por lo que le había sido pautado en el Centro de Salud de Villaviciosa con medicamentos como Escitalopram 10mg (1 comprimido cada 24 horas), Orfidal 1mg (un comprimido cada 24 horas) y Adiro (1 comprimido cada 24 horas); además de ello, un neurólogo privado le había prescrito la toma de Mysoline.

Había residido en Villaviciosa hasta febrero de 2014, fecha en la que sufrió una caída, por lo que la acusada, su nieta, lo trasladó al municipio de Pravia para que residiera con ella y otros familiares. El Ministerio Fiscal sostiene que, desde ese momento, la acusada privó al hombre de todo contacto con los familiares de Villaviciosa, así como de hablar con cualquier vecino. "Le manejaba las cuentas y disponía de su dinero; además, le hizo creer que padecía un tumor cerebral, lo que motivó que le entregase de forma voluntaria a la acusada 45.000 euros para curarse. Al mismo tiempo, era la acusada quien controlaba toda la medicación que se le suministraba, medicación que la propia acusada guardaba en un armario de la cocina, sin que en ningún caso estuviera a disposición del anciano", asegura la Fiscalía.

La acusada, por sí misma y sin autorización médica, cambió la medicación que tomaba y le suministraba sin necesidad, diariamente, dos pastillas de Orfidal por la mañana con el desayuno y otros dos por la tarde a la hora de la merienda, así como tres gotas de Haloperidol, tres veces al día. Desde el 15 de abril de 2014, esta medicación fue suministrada por la cuidadora contratada por la acusada, según las instrucciones que ésta le daba. En una ocasión, concretamente el 15 de abril de 2014, la acusada inmovilizó al hombre con una sábana y le sujetó con el brazo para suministrársela, ya que se negaba a tomarla.

El 22 de abril de 2014, la acusada recibió una llamada telefónica en la que se le informó de que su abuelo tenía adjudicada una plaza en la Residencia de San Francisco de Villaviciosa, por lo que debía ser trasladado a la misma. Siempre según la Fiscalía, a la hora de la comida la acusada le suministró la medicación prescrita por el médico y lo hizo en dosis de rango terapéutico. Ahora bien, la asociación de benzodiacepinas con barbitúricos, sustancias detectadas toda ellas por estudio toxicológico, provocaron en el anciano un efecto secundario de depresión respiratoria, lo que asociado a su edad, le ocasionó la muerte a las 17.00 horas de ese día. La Fiscalía considera que la muerte del hombre no puede imputarse al actuar imprudente de la acusada, ya que las muestras detectadas en el fallecido derivan todas ellas de medicinas prescritas por el médico y en cantidad no sólo no letal, sino en rango terapéutico.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de trato degradante del artículo 173.1 del Código Penal y solicita que se condene a la acusada a 1 año y 9 meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, además del pago de las costas procesales.