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"Trajes a medida", un vicio que la ley trata de atajar: un concurso no debe limitar las ofertas

La ley establece que los concursos públicos han de garantizar los principios de libre acceso a la licitación por parte de empresas, y la eficiencia del gasto público: es decir, la competencia entre las empresas para lograr una adjudicación permite que la administración pueda seleccionar la oferta más ventajosa económicamente.

La norma vigente, que se modificará en marzo para incluir las directrices europeas, establece que "las prescripciones técnicas deberán permitir el acceso en condiciones de igualdad de los licitadores, sin que puedan tener por efecto la creación de obstáculos injustificados a la apertura de los contratos públicos a la competencia".

Pero en muchas ocasiones bajo las prescripciones técnicas se esconden criterios para "dirigir" la adjudicación hacia ciertas empresas, al incorporar condiciones que sólo unas pocas cumplan y que no resultan esenciales para el servicio o suministro que se persigue con el contrato, admiten expertos juristas consultados. Se consigue así un concurso realizado "a medida" de la empresa adjudicataria en la que ya se piensa, lo que para juristas consultados supone una adjudicación directa encubierta.

La ley de contratos del sector público también establece en el artículo 117 que, "salvo que lo justifique el objeto del contrato, las especificaciones técnicas no podrán mencionar una fabricación o una procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una producción determinados con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos".

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