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La Sindicatura, el órgano que vigila al Principado, contrató a 25 de sus 39 empleados a dedo

El TSJA anula los puestos por elegir a los candidatos por entrevistas, sin valorar méritos

El síndico mayor, Avelino Viejo, en una comparecencia ante la Junta General.

Varapalo judicial del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) al proceso de selección del personal de la Sindicatura de Cuentas. La sección de lo Contencioso Administrativo del TSJA acaba de anular 25 de los 39 puestos de la Sindicatura al entender que el órgano que tiene la misión de fiscalizar las cuentas del Principado y de velar por que sus procesos de contratación y los de los ayuntamientos sean legales, abusó en 24 casos de un procedimiento de provisión de puestos de trabajo que, en la práctica, equivale a un concurso a la carta para nombrar a funcionarios de confianza, o directamente, en otra designación, se inclinó por hacerla de forma directa. Contra el fallo cabe recurso de casación.

El revés para la Sindicatura llega por partida doble. Por un lado los magistrados rechazan que la Sindicatura haya recurrido a la libre designación para cubrir el puesto de director de fiscalización, uno de los más relevantes en su estructura. Hace ocho años el mismo tribunal anuló el nombramiento a dedo, o designación directa, de varios puestos entre los que figuraba el de director de fiscalización. La Mesa de la Junta General, el órgano de gobierno del parlamento autonómico, precisamente se basó en aquella sentencia para oponerse ahora a la pretensión de la Sindicatura de cubrir esa plaza a dedo. "Es por ello que dicho puesto no procede su provisión con arreglo al procedimiento de libre designación", recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso LA NUEVA ESPAÑA.

El segundo lote de puestos anulados de la RPT de la Sindicatura es mucho más extenso: afecta nada menos que al 65 por ciento de las plazas (24 de 39) del órgano que debe velar por la aplicación de los principios de legalidad en las contrataciones y proceder tanto de la Administración autonómica como de los ayuntamientos y otras entidades como las mancomunidades. En concreto, la sentencia pone en solfa el concurso a la carta, que consistió en una memoria y entrevista, para cubrir 6 puestos de auditor, 12 de técnico en auditoría, 3 de ayudante de auditoría y otros 3 de letrado. El letrado Eduardo Rueda, que representaba al sindicato litigante, USIPA, mantuvo que la elección por la Sindicatura del concurso específico, mediante memoria y entrevista, aún estando previsto en la ley se aleja de la regla general para la provisión de puestos públicos. El sindicato defendió que el concurso de méritos hubiera sido una fórmula idónea, menos discrecional.

La Mesa de la Junta, tras escuchar a los servicios jurídicos de la Cámara autonómica, también hizo constar su "consideración desfavorable" al formato de concurso específico, con memoria y entrevista, pese a lo cual la relación de puestos de trabajo de la Sindicatura mantuvo ese procedimiento para "un elevado número de puestos de trabajo, 24 de un total de 39". El Síndico mayor, Avelino Viejo, envió un escrito de aclaraciones en el que justificó la exigencia de una memoria y entrevista en "la especialidad de las tareas" de la Sindicatura. La sentencia del TSJA concluye que "el argumento del Síndico mayor "resulta demasiado inconcreto al no constar en la RPT las funciones de cada puesto" y porque "el concurso de méritos permite, aún sin la memoria y la entrevista propias del concurso específico valorar méritos específicos adecuados a las características de los puestos".

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