Los cartones de leche a precios irrisorios o los litros de regalo por comprar otros productos tienen los días contados. La Comisión Europea quiere frenar este tipo de prácticas comerciales desleales, con una iniciativa presentada esta semana ante la Eurocámara y el Consejo. El Gobierno de la UE ha elaborado una propuesta de directiva con el objetivo de establecer un estándar mínimo de protección frente a prácticas que se repiten en el conjunto de la Unión y que tienen una especial incidencia en el sector lácteo asturiano.

Las organizaciones agrarias de la región llevan años clamando por medidas que pongan fin a la llamada "venta a pérdidas" o al uso de los briks de leche como reclamo para dar salida a otros productos de mayor precio, y que, por tanto, dejan más valor añadido en los comercios. Las reacciones no se han hecho esperar. El sindicato UCA-UPA valoró positivamente la propuesta. "Aunque insuficiente, es un paso adelante positivo y un cambio de concepto muy importante para los agricultores y ganaderos de todo el continente", señaló la organización.

El proyecto asume que no se puede dejar la lucha contra las prácticas abusivas sólo en manos de códigos de buenas prácticas o sistemas de regulación voluntaria. "Demasiados operadores en la cadena de valor de los alimentos llevan abusando demasiados años. Tiene que haber una legislación dura que les obligue a actuar con responsabilidad", aseguran en la Unión de Pequeños Agricultores. Otro de los objetivos de la nueva normativa es lograr precios más justos en origen para ganaderos y agricultores. Según datos del COPA-Cogeca, el 21% del precio de un producto va para el productor, el 28% para la transformación y el 51% para la distribución. Estas cifras son para UPA la demostración de que "queda mucho por cambiar hasta configurar un sistema agroalimentario justo con los productores y con los consumidores".

Los ganaderos proponen que se establezca un órgano supranacional que vigile y sancione, a fin de conseguir cambiar el comportamiento del infractor, eliminar cualquier beneficio financiero derivado del incumplimiento de la norma y disuadir de futuros incumplimientos estableciendo un periodo de pago a 30 días, suprimiendo cancelaciones de última hora de pedidos de productos perecederos o cambios unilaterales y retroactivos en los acuerdos.