T. C.
Un vecino de Avilés se enfrenta a una pena de tres años de prisión, a una multa de 410.841,41 euros y a pagar una indemnización de 136.947,16 euros a la Administración Tributaria por importar vehículos de diversos países europeos y no pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente.
Según consta en el escrito de fiscalía, el acusado, J. I. S. P., era administrador único de una sociedad que se dedicaba al comercio al por menor de vehículos terrestres. Durante el año 2004, adquirió varios vehículos en estados miembros de la Unión Europea, pero simuló que las compras se habían realizado en España, por lo que no declaró esas adquisiciones intracomunitarias ni abonó el IVA correspondiente.
Por contra, siempre según la versión de la fiscalía, J. I. S. P. sometió las compras al régimen especial de bienes usados, gravados con un régimen más beneficioso. Posteriormente, la Administración Tributaria, a través de sus servicios de inspección, determinó que la sociedad, durante el año 2004, había dejado de ingresar en concepto de IVA 620.632,61 euros. El fiscal considera que J. I. S. P. cometió un delito contra la Hacienda Pública y pide también que durante cinco años no pueda pedir subvenciones.
El fiscal solicita también que se imponga un año de prisión para un hombre que, en octubre de 2007, robó un ordenador portátil de un establecimiento de Piedras Blancas aprovechando un descuido de los dependientes. Posteriormente el acusado, D. G. F., al conocer que la policía le estaba investigando como autor del hurto, devolvió el ordenador a sus propietarios. Cuando sus dueños se percataron de que D. G. F. había borrado todos los programas, decidieron reclamar, según consta en el escrito.
El fiscal le imputa un delito de hurto en el que concurre, además, la agravante de reincidencia y la atenuante de reparación de daño. Pide también que el acusado indemnice al propietario del establecimiento en la cuantía que se determine en la sentencia.
Por otro lado, el fiscal pide una pena de nueve meses de cárcel para G. R. G. por quebrantar la orden de alejamiento que tiene sobre una mujer que había sido su pareja. El acusado, en febrero de 2008, llamó reiteradamente a la mujer y, en una de esas llamadas, le dijo que estaba junto a su domicilio.