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Las interpretaciones torticeras de IU

n Afortunadamente, el juez lo deja claro: el Plan General se aprobó legalmente

 
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Las interpretaciones torticeras de IU
Las interpretaciones torticeras de IU  

SALVADOR FERNÁNDEZ ALCALDE DE GOZÓN Dicen que cuando uno, en sus argumentaciones, acude a poetas es que poco tiene que decir y por eso le digo que por mucho que acuda a los mismos, use citas bíblicas o haga interpretaciones torticeras de la sentencia, no va a lograr cambiar el veredicto ni tampoco va a lograr que el señor juez les exima del pago de las costas del juicio.

Lo que le quiero decir, señor Fernández, concejal de IU, es que por mucho que la mona se vista de seda, en mona se queda. No se esfuerce que los ciudadanos ya lo conocen.

Lo que el señor juez dice en sus argumentaciones es que en ningún momento se vulneraron los derechos fundamentales de los recurrentes. También dice que es cierto y que queda acreditado que tanto el informe de sostenibilidad ambiental (ISA) como el catálogo urbanístico se incorporaron a la última comisión informativa y que, además, fueron informados favorablemente.

Y que, además, estos dos documentos también formaban parte del expediente proyecto del Plan General y que se encontraba a disposición de todos los señores concejales de la Corporación para posterior deliberación plenaria.

En cuanto al tema de la legalidad ordinaria que usted usa para tratar de confundir al ciudadano en su razonamiento: lo que el juez les viene a decir es que ni el tema de la convocatoria de la sesión plenaria con premura ni el tema de la incorporación tardía del dictamen favorable de la última comisión (el plazo no iba a cambiar el dictamen, pues era el que era) eran cuestiones que tuvieran trascendencia alguna como para vulnerar ningún derecho fundamental.

Además, el señor juez manifiesta que estas dos cosas no fueron denunciadas por los recurrentes en la sesión plenaria, por lo que más parece (así lo dice textualmente el juez) que esgrimen «artificialmente» un motivo de impugnación más que una «real y efectiva» vulneración de los derechos fundamentales.

El juez también dictamina que una vez empezada la votación, ésta no se puede interrumpir por ningún motivo y el Alcalde no puede conceder el uso de la palabra a ningún concejal y por ello también manifiesta que no se le vulneró al señor Frade ningún derecho fundamental al no habérsele concedido un segundo turno.

Y para finalizar, señor Fernández, no es cierto que yo me niegue en rotundo a grabar los plenos. Jamás me opuse, pero a usted le viene muy bien hacer ese comentario para sembrar dudas sobre la honorabilidad del señor secretario. Estas fueron sus estrategias en las alegaciones al Plan General: acusar al señor secretario de connivencia con el equipo de gobierno (de ahí ese último recurso de acusar al Alcalde de no permitir grabar los plenos), sembrar duda de la honorabilidad de los concejales del Partido Popular y otros técnicos municipales y acusarnos de no respetar los derechos fundamentales del resto de los concejales.

Espero que usted y su grupo, con esta sentencia, hayan quedado al descubierto en sus estrategias de intentar paralizar un Plan General que es tan importante para el desarrollo del concejo. Señor Fernández, sus intereses políticos no han fructificado, han ganado los intereses generales de todos los gozoniegos.

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