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Luanco,
Illán GARCÍA
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha ratificado la decisión del Juzgado de lo Social de Oviedo mediante la cual se condena al Ayuntamiento de Gozón a readmitir al ex profesor de gaita de la Escuela de Música de Luanco, Bras Rodrigo Álvarez, o bien a indemnizarle con 2.467,24 euros y, en todo caso a abonar al trabajador los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la resolución a razón de 31,33 euros diarios. El motivo, según el juez, es que el Ayuntamiento gozoniego contrató al ex profesor de gaita y otros docentes de otras materias en 2006 como «asistencia educativa», un cargo administrativo en vez de hacerles un contrato laboral. El docente fue despedido un año más tarde.
«Estamos ante un fraude de ley generalizado en los Ayuntamientos y bendecido, en muchas ocasiones, por los sindicatos CC OO y UGT en los planes de empleo», aseguró el representante de los servicios jurídicos del sindicato USIPA, Manuel Gómez Mendoza.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia deja claro además que el Ayuntamiento de Gozón actuó con «mala fe y temeridad al seguir alegando la inexistencia de una relación laboral» de Bras Rodrigo Álvarez.
La administración local «repitió sin fundamento» lo que ya se expresó en otras decisiones judiciales anteriores y que, con hechos probados, vinculan al trabajador que también ejerció como jefe de estudios del centro educativo con una relación laboral en el Ayuntamiento.
Esta decisión judicial deja claro, a juicio del letrado, que se ha vulnerado uno de los apartados del Estatuto de los Trabajadores. El contrato del ex profesor de gaita como «asistencia educativa» especificaba que cobraba 450 euros mensuales más una cuantía por cada alumno que asistía a sus clases, según el auto judicial.
El centro de trabajo de la persona que ejerció como jefe de estudios de la Escuela de música era un centro municipal en el que daba clases de gaita doce horas semanales a otros tantos alumnos. Cabe reseñar que los profesores que daban clases en la escuela están dados de alta en el Régimen especial de Trabajadores autónomos y que emitían mensualmente sus facturas al Ayuntamiento de Gozón de su sueldo y una cuantía por cada alumno, según expone la decisión judicial.
Contra la decisión del TSJA aún cabe recurso de casación ante la sala de lo social del Tribunal Supremo.
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