A. P. G.

El colectivo de estibadores eventuales del Puerto de Avilés dice ser objeto de todo tipo de abusos laborales por el comité de la de la sociedad, constituido en su totalidad por representantes del sindicato Coordinadora. El malestar es tal que el colectivo emitió ayer un comunicado denunciando la situación en la que aseguran verse envueltos.

El viernes por la tarde el barco Atlantic Trader, que amarró en los muelles locales para cargar 16.000 toneladas de zinc en lingotes para los Estados Unidos, tuvo que trabajar al cincuenta por ciento al no poder servir la Sociedad Estatal de Estiba las dos «manos» solicitadas por la empresa estibadora Evaristo Álvarez Casariego, según el colectivo de eventuales. El motivo, siempre según su versión: la falta de palistas disponibles en la Sociedad cuando están en paro y disponibles los eventuales que tienen formación profesional de palista.

Los estibadores eventuales del puerto ya habían denunciado la semana pasada que el comité de la sociedad no permite que las empresas los contraten con esta especialidad. «Eso permite que las empresas estibadoras se vean obligadas a buscar a otros trabajadores para realizar estas funciones fuera de convenio. O, como pasó el viernes, a acudir a la cesión ilegal o prestamismo laboral de otra empresa que cedió dos palistas en el turno de la mañana y cinco en el de la tarde para las operaciones del Atlantic Trader», recoge el comunicado remitido por los Estibadores Eventuales del Puerto de Avilés.

Los eventuales se sienten discriminados y se preguntan para qué han servido las horas de formación impartidas para mejorar sus conocimientos en el manejo de maquinaria pesada. Sus quejas se acentúan desde el momento en que las jornadas de trabajo que a ellos se les niegan acaban siendo realizadas, siempre según la denuncia del colectivo, por personas que reclutan las propias empresas estibadoras y que son ajenos al sector.

Los estibadores eventuales recalcan que el Real Decreto 2/ 86 obliga a las empresas estibadoras a contratarles a ellos cuando la sociedad estatal de estiba certifica que no puede cubrir las peticiones de mano de obra.