A. P. G.

La magistrada del juzgado de lo Penal número 2 de Avilés ha absuelto al agresor de la fesoria de Illas, A. T. S., y a su madre, para los que la Fiscalía pedía penas de dos años de cárcel por un delito de alzamiento de bienes. La acusación particular elevó la petición a cuatro años para cada uno. La magistrada sostiene que el acusado, A. T. S., vendió una finca de su propiedad a su madre para evitar perderla por el impago de la correspondiente hipoteca y no para eludir el pago de indemnizaciones a los dos hombres a los que agredió brutalmente con una fesoria en Illas (fue condenado a once años de prisión por dos delitos de intento de homicidio). La juez también ha absuelto a la mujer e impone al pago de las costas de oficio. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Asturias, en Oviedo.

Los imputados, representados por los letrados Fabián Rodríguez y Francisco Secades Martínez, negaron los hechos que les imputaba la Fiscalía en el juicio celebrado el pasado día 12 en los juzgados de Marcos del Torniello. A. T. S. aseguró en la vista que había decidido vender la propiedad «porque carecía de bienes para hacer frente al pago de la hipoteca que gravaba la finca, ya que no trabaja y lo habían despedido de su trabajo». También su madre aseguró en el juicio «que la finca era del banco; tenía una hipoteca que si no pagaba la perdía».

La magistrada sostiene que «A. T. S. no se alzó intencionadamente con los bienes y no se colocó en una situación de insolvencia», y que tampoco lo hizo su madre «a la hora de adquirir por compraventa la citada finca». «Su única finalidad no era otra que impedir la pérdida de la finca por el impago de la hipoteca», argumenta.