Teresa CEMBRANOS

Los gestores de la Fundación del Niemeyer han perdido la primera batalla jurídica contra el Principado. El fiscal superior de Asturias, Gerardo Herrero ha ordenado archivar la denuncia presentada por el secretario de la entidad, José Luis Rebollo, contra el Gobierno regional al entender que no existen indicios de delito. Rebollo decidió el pasado mes de noviembre pedir el amparo de la fiscalía por lo que consideraba una «agresión continua del Gobierno de Asturias» después de que los responsables de Foro hicieran públicas facturas y acusaran a los entonces gestores del complejo cultural de cometer «graves irregularidades económicas», entre otras. Ahora, Herrero considera que los hechos denunciados -supuestos delitos de revelación de secretos, calumnia e injuria- «no deben enmarcarse dentro de la vía penal sino, en su caso, en la administrativa».

La investigación del fiscal constata que no tiene relevancia penal ni siquiera el hecho de que el viceconsejero de Sector Público del Principado, Luis de la Vallina, hiciera públicas determinadas facturas presentadas por la Fundación para justificar subvenciones o que le imputara «graves irregularidades» de tipo económico «ya que se entiende que la Consejería informó a la opinión pública de la situación de una fundación cuya actuación afecta al interés general, sin perjuicio de que no conste en este momento que se haya realizado auditoría alguna sobre la misma». Según Gerardo Herrero, para que exista infracción penal tendría que haber «la intencionalidad específica de revelar secretos que no deben ser revelados».

Herrero precisa en su escrito que no es competencia de la Fiscalía el control de la actuación de la Fundación del Niemeyer, «como se solicita en la denuncia». «Es la Consejería la que debe hacerlo», afirma. Eso sí, explica que en el caso de que se estimara la existencia de alguna irregularidad que pudiera constituir una infracción penal, se deberá notificar al Ministerio Fiscal. «Al no constar la existencia de dicha auditoría, no procede pronunciarse sobre si existe o no infracción penal, ya que debe esperarse, prudentemente, a lo que pueda derivarse de las actuaciones administrativas correspondientes al respecto, si se incoaran», argumenta Herrero.

El Fiscal también rechaza la petición de amparo solicitada por Rebollo: «La fiscalía actúa en defensa del interés general y bajo los principios de legalidad e imparcialidad». Respecto a la intención de la Fundación de que se imputara al Gobierno un delito de calumnia e injuria, Herrero explica que éste es «perseguible a instancia de parte y con presentación de querella criminal, no a instancias del Ministerio Fiscal». «En el supuesto de que los rectores de la Fundación consideraran infringido su derecho al honor y a la propia imagen, tendrían abierta la vía civil para reclamar lo que consideren procedente por daños y perjuicios».