Pola de Lena, C. BASTEIRO

El juzgado número 1 de Avilés ha considerado nulo un contrato por participaciones preferentes de una avilesina con Nova Caixa Galicia por valor de 24.000 euros. La jueza considera que la clienta, de avanzada edad (octogenaria), no fue suficientemente informada del riesgo que suponía asumir esa inversión. La sentencia, dictada el pasado 4 de junio, deja claro que las denominadas participacios preferentes reciben una denominación «genérica y equívoca», ya que se tratan de un producto «complejo» que requiere de información muy especializada para que el cliente pueda entender plenamente qué derechos y obligaciones tiene el contrato que firma.

Los abogados Silvia Alonso y Daniel Sánchez Bayón, que representaron a la cliente del banco, no se mostraron sorprendidos al concer la sentencia. Estos dos letrados de Pola de lena no trabajan juntos, pero decidieron colaborar en este caso, que recibió Alonso en Mieres: «Quería contar con otra opinión de un letrado de confianza», explicó.

Ella fue la encargada de llevar el asunto a un junicio que culminó en un fallo «evidente» a sus ojos. «No sólo se incumplía la normativa de este tipo de acuerdos comerciales, sino que el banco llegó a usurpar la firma de nuestra cliente», explicó ayer la abogada. Daniel Sánchez Bayón señaló que la sentencia no se respalda en las firmas falsas, «porque la demandante llegó a firmar algunos documentos, pero contamos con un informe pericial que asegura que, en otra documentación, la firma fue usurpada».

Los abogados también centraron el caso en las características de la cliente: una mujer octogenaria que siempre acudió al banco «como minorista». «Tuvo algunos plazos fijos, es una ahorradora, pero no estaba preparada para este tipo de acuerdo», destacaron los letrados.

Aunque vivieron con inquietud el proceso ya que ante sí tenían a una entidad bancaria, están satisfechos del resultado. Su sentencia es una de las primeras de Asturias a favor de clientes de preferentes.