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El Sespa pagará a un avilesino al que no quiso operar y tuvo que acudir a la privada

El paciente, que padecía un cáncer en fase avanzada, fue intervenido en el Centro Médico después de que en el San Agustín rechazasen la cirugía

Un juez ha condenado al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) a pagar 18.869 euros a un avilesino, que padecía un cáncer de vejiga y tuvo que acabar operándose por la sanidad privada. El paciente, J. M. V., estaba siendo tratado en el Hospital San Agustín, donde no le aconsejaron la intervención quirúrgica pese a que era ya la única opción para poder salvar su vida, explicó su representante legal. El avilesino fue intervenido en el Centro Médico de Oviedo, evoluciona de forma favorable y recibirá ahora una indemnización de la sanidad asturiana por la mala praxis que apreció el juez.

El paciente presentó el pasado 22 de mayo una demanda contencioso-administrativa en la que alegaba que tuvo que ser operado en el Centro Médico de Asturias del cáncer que padecía por la "inasistencia sanitaria" recibida en el Hospital San Agustín, donde seguían su enfermedad desde el 19 de abril de 2012. El juicio se celebró el 1 de diciembre. Su abogada, la letrada avilesina Carmen Paneque, reclamó una indemnización "por la mala atención" de la sanidad pública, que llevó a su cliente a "incurrir en unos gastos en el Centro Médico para el tratamiento y la intervención del cáncer" de vejiga que padecía, en estado muy avanzado. La letrada sostuvo que "la Administración incurrió en una indebida aplicación de las técnicas sanitarias" al "denegar al paciente el tratamiento en el centro público, cuando en cambio fue posible la operación en el Centro Médico de Asturias".

El representante legal del Sespa, en cambio, se opuso al pago de esos gastos sanitarios con el argumento de que en el paciente en cuestión "no concurrían los requisitos de urgencia vital" y alegando que "el tratamiento que recibió en la medicina privada podría habérselo dado en la pública, pero no se hizo dadas las especiales circunstancias del paciente".

La sentencia recoge que el paciente recibió en el San Agustín un tratamiento basado principalmente en instilaciones vesicales (una especie de lavados de vejiga). "El tratamiento que se le estaba aplicando era fallido, había indicios claros de que la única solución era la cirugía inmediata. Pero en el San Agustín no se le informó en ese sentido en ningún momento. Si el tumor seguía avanzando, sería inoperable", explicó la letrada. La sentencia recoge que "en el Servicio de Urología no se propuso al paciente la realización de cistectomía por criterios médicos basados en el protocolo del servicio y en que tenía riesgos personales -sus antecendentes en Cardiología y Cirugía- para realizar este procedimiento".

J. M. V. fue operado en el Centro Médico el 17 de junio de 2013. Según el juez, "mientras que en la sanidad pública sólo se consideró aceptable una solución, la de continuar con el tratamiento más conservador, se le cerró a los familiares cualquier otra alternativa". "En cambio", prosigue el magistrado citando al médico encargado de la operación, dada la evolución del cáncer "ya sólo procedía la solución radical (la operación), que aplicó convenientemente la sanidad privada". Siempre según la sentencia, en el San Agustín "no se ofreció una alternativa, aun cuando fuera arriesgada o muy arriesgada". "Después del segundo lavado (de vejiga) el equipo médico tenía que haber optado por la solución radical (la operación) que otro médico practicó casi de forma inmediata después de cerrarse al paciente y a las familiares cualquier otra vía", prosigue el juez. Así, el titular del Juzgado de lo contencioso administrativo número 4 de Oviedo concluye que hubo mala praxis y condena al Sespa a pagar al paciente como indemnización por los gastos que le acarreó acudir a la sanidad privada 18.869 euros.

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