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Absuelto un policía nacional denunciado por injurias en Facebook por una agente

El juez concluye que carece de pruebas suficientes porque es posible que un tercero utilizase la clave del procesado en la red social

Una internauta accede a su perfil de Facebook. MIKI LÓPEZ

Absolución para un agente de la Policía Nacional de Avilés al que una compañera llevó a juicio por una serie de injurias que el primero habría publicado supuestamente en un perfil de la red social Facebook. El titular del juzgado de lo Penal número 2 de la ciudad ha concluido que no existen suficientes pruebas incriminatorias y considera que cabe la hipótesis de que un tercero publicase el escrito utilizando la clave y la contraseña del agente denunciado, que llegó a ser objeto de un expediente disciplinario por estos hechos. Así, el juez no observa que el proceso incurriera en un delito de injurias con publicidad, que le imputaban tanto la acusación particular como la Fiscalía, por el que pedían el pago de una multa de entre 5.000 y 6.000 euros y de una indemnización de entre 1.000 y 10.000 a su compañera de trabajo.

Los hechos en cuestión se remontan al 5 de enero de 2015. Sobre las 23.20 horas de ese día, desde una cuenta de la red social Facebook abierta a nombre del acusado se publicó en el muro de otra cuenta una fotografía de la denunciante, también policía nacional, acompañada de un texto injurioso. Siempre según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, el mensaje decía así: "Esta es otra agente de Policía Nacional mentirosa de la comisaría de Avilés, se llama XX. Otra bruja machorra y loca más sin escrúpulos que mintió para salvarse de que le pusieran una buena falta por comportarse como una auténtica verdulera y macarra camorrista con una persona que iba a denunciar y tenía que ver conmigo. Humillando a la ciudadana que iba a denunciar, insultándola y provocándole para ver si así podía llegar a reducirla como en otras ocasiones. Me da asco tener compañeras así. Mucho daño llevas haciendo y no lo olvido ni lo olvidaré. Estoy y estaré aquí, no lo olvides tú también. Tenéis graves problemas psicológicos para estar donde estáis porque no se puede mentir así solo para salvarse de una falta disciplinaria que tenías que haber cumplido. Eres una mentirosa y una vulgar fracasada".

Mensajería instantánea

Este texto permaneció publicado hasta las 10.30 horas del día siguiente, momento en que fue retirado por el administrador del grupo a petición de la agente. La sentencia también recoge como hechos probados que "no ha quedado acreditado que dicho texto fuera redactado y publicado por el acusado", representado en el procedimiento por la letrada María Jesús Suárez.

El magistrado recuerda una sentencia del Tribunal Supremo, que recoge que "el anonimato que autorizan los sistemas de mensajería instantánea y la libre creación de cuentas con una identidad fingida, hacen perfectamente posible aparentar una comunicación en la que un único usuario se relaciona consigo mismo". Por eso resulta "indispensable en tal caso la práctica de una prueba pericial que identifique el verdadero origen de esa comunicación, la identidad de los interlocutores y la integridad de su contenido".

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