La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La venta por partes de Melca implica un ERE de extinción

La liquidación de la corporación fundada por García Arias se tiene que realizar durante los tres meses posteriores a la junta

José Luis García Arias. NACHO OREJAS

La sociedad Cartera de Inversiones Melca presumiblemente cambiará su nombre comercial a partir del próximo día 25 tras añadir la coletilla de "en liquidación". Con esta nueva razón social buscará la venta de sus empresas, que puede realizar por dos vías: en su conjunto o por trozos. En el primer caso, tendría en cuenta a sus 150 empleados. En el segundo, propondrá un expediente de regulación de empleo (ERE) por extinción de contratos. El troceamiento de una sociedad no implica el troceamiento ni de bienes muebles, ni inmuebles ni, por supuesto, nóminas. Esto es, al menos, lo que explicaron ayer expertos en Derecho Mercantil consultados por este periódico.

La liquidación del Grupo, dice la ley, se tiene que efectuar en tres meses y los socios deberán abonar el Impuesto de Transmisiones correspondientes aparte de pagar la burocracia generada por la decisión tomada por sus propietarios. "La disolución significa que la empresa deja de realizar una actividad lucrativa y comienza la actividad de liquidación del patrimonio de la empresa", añadieron las mismas fuentes consultadas. Esto es lo que, presumiblemente, sucederá el próximo día 25 de julio, fecha en la que los cinco socios del Grupo Melca están citados a una junta extraordinaria de accionistas con tres únicos puntos en el orden del día: nombrar un nuevo administrador (tras la deposición de José Luis García Arias, su fundador, el pasado 6 de mayo) y "en su caso (si no se llega a nombrar administrador), disolución de la sociedad y nombramiento de un liquidador".

José Luis García Arias, considera que, de alcanzarse la disolución, habría que firmar inmediatamente el certificado de defunción de todas sus empresas integradas en el conglomerado. La parte mayoritaria del grupo (la esposa de García Arias, Isabel Becerril, y dos de sus hijos), sin embargo, considera que la liquidación del grupo es una oportunidad para revitalizarlo. A juicio de esta parte, la gestión de Arias no ha sido óptima.

La Ley de Sociedades de Capital es la que rige la vida interna de las empresas. Según el artículo 171 de esta ley se puede disolver una compañía "en caso de muerte o de cese del administrador único, de todos los administradores solidarios, de alguno de los administradores mancomunados, o de la mayoría de los miembros del consejo de administración, sin que existan suplentes". Este es, en principio, el artículo que se invoca en la convocatoria del 25 de julio. Y es que el desacuerdo entre las partes para nombrar al sucesor de García Arias es incontestable. Tres socios que detentan el 54 por ciento de las acciones de Melca se han aliado para derrocar al presidente de la empresa que, en compañía de su hijo Miguel García Becerril, detenta el 46 por ciento restante.

Tras la disolución del grupo se pueden seguir tres pasos: transferir la propiedad, es decir, venderla; liquidarla, es decir, cesar en su actividad tras el pago a acreedores y socios y cerrando definitivamente la empresa. La última vía es la del concurso de acreedores. En la convocatoria de la junta de accionistas se deja claro que tras la disolución se procederá "al nombramiento de un liquidador", es decir, los socios optarán por la segunda vía dado que la tercera no es precisa (Cartera de Inversiones Melca sigue dando beneficios) y la primera muy difícil de concretar.

Compartir el artículo

stats