El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) rechazó que la caída contable que certifican las declaraciones de IVA de una empresa puedan justificar únicamente los despidos objetivos por causas económicas. Y es que "los datos ofrecidos por la empresa no se ajustan a la realidad económica de la misma", se lee en la sentencia.

El pasado día 12, la sala de lo social del alto tribunal declaró "improcedente" el despido de un calderero de la empresa Arside Construcciones Mecánicas (del Grupo Melca) porque "las causas alegadas para la extinción del contrato" no fueron probadas, es decir, la abogada del trabajador -Carmen Paneque, reciente premio "Cantábrico Excelente"- explicó a la sala que la empresa que había empleado al calderero en las últimas décadas "dedica más del doble de su volumen de ventas a la inversión especulativa en bolsa", esto es, no tenía problemas económico. Por todo ello, el trabajador ya ha sido indemnizado.