Los 34 extrabajadores de la compañía auxiliar Montrasa-Maessa que permanecieron encerrados desde el 5 al 20 del pasado mes de abril en la fábrica avilesina de Alcoa como medida de presión para lograr su readmisión o la subrogación laboral en la multinacional del aluminio han sido absueltos del delito leve de usurpación de bien inmueble del que les acusaba Alcoa, así como del delito leve de coacciones con una generación asociada de daños por valor de 41.357,05 euros (32.421,189 euros por los costes extraordinarios del personal de seguridad que Alcoa tuvo que contratar para vigilar sus instalaciones mientras duró el encierro y 8.935,87 euros por las supuestas pérdidas que la ocupación le generó a la empresa).

El magistrado sostiene que la acusación de usurpación de inmueble "no puede ser calificada como ocupación con relevancia ilícita en atención al contexto en que se produjo"; esto es, en el transcurso de un conflicto laboral. El juez señala que para la consumación del delito tendrían que haberse dado otras connotaciones, como la intención evidente de ejercer el derecho posesorio. Respecto a las coacciones, las mismas tampoco quedaron probadas a la vista de la principal prueba aportada: un vídeo de seguridad que no permitía identificar fehacientemente a las personas grabadas.