El juez acaba de absolver a todos los acusados de una supuesta trama de falsificación de facturas para la compraventa de coches desde Alemania para defraudar en el pago del IVA entre los años 2004 y 2005. El magistrado del Juzgado número 1 de Avilés asegura en la sentencia que no hay pruebas que demuestren la comisión de los delitos contra la Hacienda Pública y falsedad documental. "Para llegar a una condena penal no bastan meras sospechas, no caben suposiciones o presunciones, pues la única presunción que cabe en el proceso es la de inocencia que favorece al acusado", asevera el juez en la sentencia, contra la que cabe interponer un recurso de apelación ante el mismo juzgado.

Según el magistrado, durante el juicio, celebrado a finales de septiembre, quedó acreditado que en las compras que hacía el concesionario investigado, "Antón e Hijos", a sus proveedores y en las posteriores ventas que realizaban a sus clientes "existían corriente real de bienes y, por tanto, el IVA soportado por Antón e Hijos procedía de hechos imponibles reales y se corresponde con el legalmente devengado y repercutido".

El juez desmonta así tanto el relato del Abogado del Estado como de las peritos de Hacienda, que mantenían que existía una trama de empresas pantalla y "trucha" -ficticias, sin patrimonio ni empleados- compuesta por "Hofcasmar", "Carsitoño", "More Aller", "Isafer" y "Apenor", que actuaban en connivencia para defraudar el IVA en la adquisición de vehículos y de la que era conocedora el concesionario investigado, Automoción y Automóviles "Antón e hijos". El magistrado les acusa de no exponer "indicios serios y consistentes".

Así las cosas, el juez estima la absolución de los acusados como autores principales y directos del delito fiscal -J. L. S. P. y C. L. G.- por lo que eso "impide" la condena de los demás acusados como cooperadores necesarios, G. A. N.; A. S. G.; T. H.; V. M. G. V., y J. R. G. V. A estos también les absuelve del resto de delitos, junto a M. I. F. G.; D. M. P.; F. J. C. R. El juez decreta además la absolución para las entidades "Automóviles y Automoción Antón e Hijos", "Carsitoño", Apenor", Tocarsimp", "Hofcarmar motor", "Isafer García S.L.", "More Aller S. L." e "Importaciones Flores".

El abogado Juan Carlos Fernández-Castroñuno, que defendía los intereses de T. H., se mostró ayer satisfecho con la sentencia absolutoria de su cliente.