El acusado de difundir por la red social Whatsapp un vídeo sexual de un menor que supuestamente había recibido en su dispositivo móvil aceptó ayer la pena de dos años de cárcel -no cumplirá prisión al carecer de antecedentes penales- y el pago de una multa de unos 1.600 euros -3 euros al día durante 18 meses-. El joven había cumplido la mayoría de edad días antes de que se produjeran los hechos, según explicó su abogada, Covadonga Fernández. El Ministerio Fiscal pedía tres años de cárcel y el pago de una multa de 6.480 euros por un delito de revelación de secretos.

La letrada destacó a su vez que tres adolescentes implicados en la misma causa aceptaron la pena de participar durante tres meses en talleres socioeducativos. En este caso, prestaron declaración ante el Fiscal del Menor, en Oviedo. El caso que ayer llegó al Juzgado de lo Penal número 1 de Avilés tiene cierta relación con el Instituto Carreño Miranda. Fue precisamente el equipo docente de este centro educativo el que alertó en febrero a los padres del joven afectado por la situación tras requisar su teléfono. Los progenitores denunciaron entonces a tres personas, dos chicos y una chica.

Ayer se sentó en el banquillo de los acusados el único mayor de edad implicado en el caso. El Ministerio Fiscal, en su escrito de calificación, destacó que el joven recibió en su móvil un vídeo sexual de un menor y dos fotografías de sus órganos genitales y que el 10 de febrero de este año reenvió esos archivos a un grupo de amigos de la aplicación Whatsapp.

Cada vez es mayor el número de casos que llegan a los juzgados de acoso en parejas jóvenes a través del móvil e internet. La difusión de imágenes y grabaciones de contenido íntimo no es un hecho inusual, y se da tanto entre menores como entre adultos. Estas conductas están castigadas con cárcel tras la última reforma del Código Penal. Y con penas elevadas. En el caso de actos contra la intimidad (como la difusión de grabaciones y fotos íntimas) conllevan penas de entre tres meses y un año de prisión.