El magistrado del Juzgado de lo penal número 2 de Avilés, José Carlos Martín Martín, ha absuelto a D. J. G. M. y L. A. G., ambos empresarios acusados por explotar a tres anguleros de Soto del Barco en la República Dominicana en 2012. El delito que se les imputaba era contra los derechos de los trabajadores. "Ha quedado acreditado que los acusados captaron a los ahora querellantes para desplazarse a la República Dominicana ofreciéndoles unas condiciones profesionales aparentemente muy ventajosas, condiciones que incumplieron parcialmente y por lo que han sido condenados en la jurisdicción social. Se estima que las citadas condiciones no pueden considerarse como falsas o engañosas, encontrándonos en un ámbito ajeno al del Derecho Penal, por lo que procede la libre absolución de los acusados", manifiesta el juez en la sentencia a la que ha tenido acceso este diario.

El ministerio fiscal solicitaba la pena de tres años para cada uno de los acusados y una multa de unos 3.348 euros. La acusación particular, representada por Gracia Patricia Rodríguez Fernández, pedía a su vez cinco años de prisión, el pago de una multa de unos 4.464 euros y, en concepto de responsabilidad civil, una indemnización de 50.000 euros para cada uno de los pescadores supuestamente afectados.

El magistrado consideró como hechos probados tras el juicio que D. J. G. M. y L. A. G. propusieron a varias personas de Soto del Barco viajar a la República Dominicana a pescar angula en octubre de 2012. A tal fin, continúa el juez en su relato, ambos empresarios convocaron una reunión en Gijón para explicarles cuáles eran las condiciones de trabajo. Así, ofrecieron a los denunciantes trabajo por un periodo de seis meses con un salario fijo de 1.500 euros al mes, 200 euros por cada kilo de angula que pescaran así como útiles de pesca, alojamiento y manutención gratuita. Cada uno de los tres querellantes recibió 500 euros como anticipo antes de partir, cantidad que, según el juez, gastaron en escasos diez días después de llegar a aquel país. Según el magistrado, no quedó acreditado cuántas horas trabajaban en los ríos ni si los anguleros tuvieron que abonar de su bolsillo la asistencia sanitaria que necesitaron o los billetes de regreso a España.

Con todo, el juez considera obvio "que la implicación de D. J. G. M. en el proyecto ofrecido a los querellantes fue plena y consciente actuando junto con L. A. G. como el verdadero planificador y organizador del viaje de los denunciantes a la República Dominicana". Pero, a su juicio, el delito es ajeno al del Derecho Penal. De ahí la absolución de D. J. G. M. y L. A. G., representados por los letrados Graciela Lagunilla y Javier Széchényi.