El Ayuntamiento de Avilés ha decidido recurrir la última sentencia contraria a su gestión en el Conservatorio Julián Orbón. Reclama ante el juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 5 de Oviedo que desestime el recurso que inició el sindicato USIPA contra el nombramiento, en comisión de servicios, de Carlos Galán como profesor de música del centro. Dicho nombramiento fue el paso previo para su designación como director del centro, nombramiento que también resultó anulado por decisión judicial (y asimismo recurrida).

La sentencia ahora pleiteada establece que el Ayuntamiento infringió la ley al acordar una comisión de servicios sin seguir un proceso selectivo y sin que se diese publicidad a la misma. Sin embargo con este recurso el letrado municipal pretende demostrar que el rigor e intensidad de los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad no es siempre igual de exigente, tal y como recoge una sentencia del TSJA que afirma: "La propia provisionalidad de la provisión de los puestos, impuesta por las razones de inaplazable y urgente necesidad acreditada, que imponen la cobertura inmediata de las vacantes, unida a la temporalidad de los nombramientos resultantes, permite introducir importantes modulaciones en la atención de los principios constitucionales".

El recurso también apela a la jurisprudencia, concretamente a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, para afirmar que cuando se trata de la cobertura en comisión de servicios de vacantes por funcionario de carrera que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, "se permite omitir la convocatoria pública".

El Ayuntamiento considera, además, que la comisión de servicios no vulnera el artículo 23 de la Constitución Española, pues el funcionario nombrado "reúne los requisitos de capacidad exigidos". Y la falta de publicidad no vulnera ningún derecho ya que "la regulación legal de este sistema de provisión de puestos de trabajo se articula primando la mayor eficacia en la gestión de la actividad pública, que posibilita la cobertura inmediata de un puesto de trabajo cuyo contenido funcional es necesario realizar sin que se pueda esperar a la cobertura del puesto por el sistema normalmente previsto".

La argumentación municipal insiste en que el nombramiento de urgencia de Carlos Galán fue para poder cumplir con la ejecución provisional de la sentencia que declaró nulo el nombramiento de la anterior directora "entre otras razones, por tratarse de una trabajadora laboral y no de una funcionaria". Y nombrar un director, además, era imprescindible: "Sin esta figura el centro no podría abrir al público y se vería obligado al cierre, despidiendo a la totalidad de la plantilla". Como en el Julián Orbón no hay personal funcionario, el Ayuntamiento recurrió a la comisión de servicios ahora impugnada.

El Ayuntamiento está a punto de publicar en el BOPA las bases de la nueva convocatoria pública con la que pretende cubrir, de forma ya estable, la plaza de director del Julián Orbón. No obstante el sindicato que está enganchado en la yugular de la gestión municipal de esta crisis, USIPA, ya anunció que tiene previsto recurrir dichas bases.