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Reclama un piso de su propiedad que un banco subastó por error hace ya 8 años

El TC ampara al dueño de un inmueble de Avilés sobre el que una entidad abrió un proceso de ejecución hipotecaria que atañía a los antiguos propietarios

Un vecino natural de Llanera compró un piso en Avilés, un 7º de la calle Ramón y Cajal en el año 2008. Este hombre, entonces al frente de una empresa, adquirió el inmueble mediante subasta llevada a cabo por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Aquel piso tenía alguna carga de los antiguos propietarios con una entidad financiera, la misma que en 2009 subastó por error la vivienda del Carbayedo al no tener en cuenta a nombre de quién estaba inscrita en el Registro de la Propiedad, como recoge una sentencia del Tribunal Constitucional datada en mayo de 2013 que sentó jurisprudencia. Ahora, cuatro años después, el llanerino clama porque se cumpla el fallo judicial. "Necesito que me devuelvan mi piso o bien que me entreguen el dinero equivalente", manifiesta este hombre.

El empresario cuenta con el respaldo de su familia, que ha lanzado una recogida de firmas a través de la plataforma "Change. org". "¿Qué os parecería invertir en la subasta de un piso, pagar, y que unos días más tarde el banco decida volver a subastarlo sin contar con que vosotros sois los nuevos propietarios? El Tribunal Constitucional nos ha dado la razón afirmando que el banco se ha equivocado, pero cuatro años después seguimos sin el dinero invertido y sin el piso", reiteran en la página web, donde están consiguiendo el respaldo de decenas de persona que ven este caso "injusto". "Cuando adquirí el piso en Avilés las cosas me iban bien, tenía dinero y quise deshacerme de las cargas que tenía, pero el banco nunca me dijo cuánto se debía exactamente. Abrió el proceso de ejecución hipotecaria directamente", explica el afectado.

El empresario tuvo conocimiento de la ejecución hipotecaria cuando el piso de la calle Ramón y Cajal ya se había subastado e inscrito a nombre de otra persona. Ante esta situación, el llanerino se personó en el procedimiento hipotecario y solicitó la nulidad de actuaciones por vulneración de la tutela judicial. La solicitud entonces fue denegada, y el afectado recurrió al Constitucional.

Y el Constitucional dio la razón al asturiano otorgándole el amparo solicitado. En consecuencia el juez declaró nulo el auto anterior del Juzgado de Avilés así como de todas las resoluciones judiciales y actos procesales dictados en el citado procedimiento. Asimismo sentenció a favor de retrotraer las actuaciones. "De esta sentencia hace cuatro años. Ahora estamos pasando un momento de necesidad y no tenemos ni piso ni dinero", concluye.

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