Tras la polémica suscitada el pasado Carnaval de verano a cuenta del "botellón", el Ayuntamiento ha comenzado a redactar una ordenanza de convivencia y civismo que prohibirá de manera tácita el consumo de bebidas alcohólicas en plena calle. "La prohibición se aplicará excepto en el caso de consumo de bebidas alcohólicas que tenga lugar en establecimientos y otros espacios reservados expresamente para esa finalidad, incluidos en su caso los eventos y fiestas patronales o populares que expresamente se autoricen, de acuerdo con la normativa especifica de aplicación en cada caso", expresó la portavoz del gobierno socialista y concejala de Hacienda, Arantza Peláez, en un comunicado.

Esta iniciativa del gobierno gozoniego surge tras "el incremento de situaciones incívicas denunciadas por vecinos al entender que atentan contra la convivencia ciudadana". Este es el caso de las pintadas, roturas del mobiliario urbano, perros sueltos en parques y jardines o la proliferación de excrementos caninos no recogidos, y los ruidos, entre otros.

El proyecto de la futura normativa establece cuatro ámbitos. El primero se centra en las conductas que atenten contra la dignidad de las personas como comportamientos discriminatorios y acosos hacia otros individuos. El segundo apartado está dedicado a los usos inadecuados del espacio público y en ella figura la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en la calle, la imposibilidad de realizar apuestas o juegos que pongan en peligro la integridad de las personas, las hogueras o ensuciar el espacio público con cualquier tipo de residuos, incluso lavar vehículos o mobiliario. La tercera parte de la normativa está dedicada a las actividades vandálicas que deterioran el espacio público como las pintadas, pancartas y carteles. El punto cuarto se refiere a las conductas que perturban el descanso y la tranquilidad de la vecindad y los viandantes. En este apartado entran los ruidos. "Se incorporará un régimen sancionador propio que incluye la posibilidad de que las multas económicas sean sustituidas por una prestación de servicios en beneficio de la comunidad", indicó Peláez, que detalló además que esa medida está pensada en el caso de menores de edad, previa autorización de sus padres. "Además los padres o tutores serán responsables civiles subsidiarios de los daños producidos por la comisión de la infracción de los menores de edad", señaló para agregar después: "También incluimos que el infractor tenga la obligación de reparar los daños y perjuicios causados".